Buenas tardes.
Tengo que presentar una pensión directa cuya viuda se jubiló en el año 2007, lo cual ya Anses descontó las 60 cuotas del plan, y su marido fallece en el año 2002.
Pregunté a dos iniciadores en Anses y uno me dijo que debía abonar al contado, y otro me dijo que podía sólo abonar una cuota y el resto descontar del haber.
¿Alguien tuvo un caso igual?
Este mismo caso, el fallecido tenía una inscripción, según el Padrón Histórico de Autónomos de Anses, con fecha de inicio 09/1946. Si bien puedo cargar esa fecha en la situación de revista, en el detalle de deuda me figura el cálculo desde 01/1955. Esta persona se había acogido a la moratoria 592/79.
Pensaba no optar por la moratoria y cambiar la situación de revista con inicio 01/1955. ¿Qué les parece?.
Desde ya muchas gracias.
Tengo que presentar una pensión directa cuya viuda se jubiló en el año 2007, lo cual ya Anses descontó las 60 cuotas del plan, y su marido fallece en el año 2002.
Pregunté a dos iniciadores en Anses y uno me dijo que debía abonar al contado, y otro me dijo que podía sólo abonar una cuota y el resto descontar del haber.
¿Alguien tuvo un caso igual?
Este mismo caso, el fallecido tenía una inscripción, según el Padrón Histórico de Autónomos de Anses, con fecha de inicio 09/1946. Si bien puedo cargar esa fecha en la situación de revista, en el detalle de deuda me figura el cálculo desde 01/1955. Esta persona se había acogido a la moratoria 592/79.
Pensaba no optar por la moratoria y cambiar la situación de revista con inicio 01/1955. ¿Qué les parece?.
Desde ya muchas gracias.