Les hago una consulta.
Tuve un inconveniente en la contestación de una carta documento.
Resulta que en lugar de enviarla al remitente de la misma la envié al domicilio declarado oportunamente por el empleado (se mudó y no actualizó el domicilio) . El error lo cometí como consecuencia de no tener en mi poder el legajo con la documentación.
La cuestión fue que en lugar de enviar la respuesta a las 48 hs de recibida la carta documento (tal como fui intimado), la terminé enviando a las 72 horas al domicilio del remitente.
Que consecuencias puede haber?
Gracias
Tuve un inconveniente en la contestación de una carta documento.
Resulta que en lugar de enviarla al remitente de la misma la envié al domicilio declarado oportunamente por el empleado (se mudó y no actualizó el domicilio) . El error lo cometí como consecuencia de no tener en mi poder el legajo con la documentación.
La cuestión fue que en lugar de enviar la respuesta a las 48 hs de recibida la carta documento (tal como fui intimado), la terminé enviando a las 72 horas al domicilio del remitente.
Que consecuencias puede haber?
Gracias