Estimados colegas, voy por la actora y la demandada se basa en un despido con causa en base a un ACTA NOTARIAL donde:
La demandada, y la escribana al aceptar el diligenciamiento, pretenden constatar que la empleada se retiró antes de su lugar de trabajo -FALSO- basándose pura y exclusivamente en el testimonio de dos clientes.
Entiendo que de esta manera se está desvirtuando el objeto de las actas de comprobación, que no es otro de que sea el mismo escribano quien constate los hechos perceptibles por sus propios sentidos y NO que levante un testimonio de un supuesto cliente, entiendo que el único que puede tomar una declaración testimonial es el juez y que esta no se puede documentar en un acta.
Además dicha acta verdaderamente es un mamarracho que no resiste el menor análisis por como relatan los hechos que materialmente es imposible de realizarlos en el tiempo que dicen que ocurrieron.
En base al art.. 933 “El instrumento público hace plena fe hasta que sea argüido de falso, por acción civil o criminal, de la existencia material de los hechos, que el oficial público hubiese anunciado como cumplidos por él mismo, o que han pasado en su presencia.”
Ahora atento el 933 la pregunta es:
1- ¿Si NO acciono por redargución de falsedad: Podrá existir la posibilidad de que el juez tome como válidos los testimonios de los clientes que dicen que la empleada los dejó plantados?;
2- ¿Conviene que conteste algo al respecto?
3- ¿O simplemente ataco dicha acta en los alegatos?
De antemano muchas gracias por sus opiniones.
La demandada, y la escribana al aceptar el diligenciamiento, pretenden constatar que la empleada se retiró antes de su lugar de trabajo -FALSO- basándose pura y exclusivamente en el testimonio de dos clientes.
Entiendo que de esta manera se está desvirtuando el objeto de las actas de comprobación, que no es otro de que sea el mismo escribano quien constate los hechos perceptibles por sus propios sentidos y NO que levante un testimonio de un supuesto cliente, entiendo que el único que puede tomar una declaración testimonial es el juez y que esta no se puede documentar en un acta.
Además dicha acta verdaderamente es un mamarracho que no resiste el menor análisis por como relatan los hechos que materialmente es imposible de realizarlos en el tiempo que dicen que ocurrieron.
En base al art.. 933 “El instrumento público hace plena fe hasta que sea argüido de falso, por acción civil o criminal, de la existencia material de los hechos, que el oficial público hubiese anunciado como cumplidos por él mismo, o que han pasado en su presencia.”
Ahora atento el 933 la pregunta es:
1- ¿Si NO acciono por redargución de falsedad: Podrá existir la posibilidad de que el juez tome como válidos los testimonios de los clientes que dicen que la empleada los dejó plantados?;
2- ¿Conviene que conteste algo al respecto?
3- ¿O simplemente ataco dicha acta en los alegatos?
De antemano muchas gracias por sus opiniones.