Hola a todos. Necesito que me aclaren lo siguiente. Tengo lectura de sentencia el mierccoles. Es obligacion estar en la lectura. La secretaria me dijo que se la tenia que firmar.en caso de recurrir, debo decir que interpongo recurso y luego lo fundamento x escrito?. O directamente antes del plazo puedo presenta x escrito el recurso?. Esto iria a casacion.? Viene de un TOC. Cual es el plazo para interponer. Muchas gracias