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 #945747  por agus1208
 
Hola a todos. Necesito que me aclaren lo siguiente. Tengo lectura de sentencia el mierccoles. Es obligacion estar en la lectura. La secretaria me dijo que se la tenia que firmar.en caso de recurrir, debo decir que interpongo recurso y luego lo fundamento x escrito?. O directamente antes del plazo puedo presenta x escrito el recurso?. Esto iria a casacion.? Viene de un TOC. Cual es el plazo para interponer. Muchas gracias
 #945801  por feragus
 
Si ya tuvo el fallo y lo del miércoles es la lectura de los fundamentos de ese fallo, puede no ir. Pero se la da por notificada desde esa fecha y desde ahí corre el plazo de 10 días hábiles para interponer casación, sin necesidad de hacer mención alguna de que va a presentar el recurso. Entendí que esto es en Capital Federal.