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  • ENFERMEDAD PROFESIONAL EMPLEADA TEMPORARIA Y/O EVENTUAL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #944775  por juridica2011
 
Hola Colegas les comento el caso que me llegó ya que me parece un tanto complejo y quisiera que alguien me oriente! Mi clienta trabaja hace 21 temporadas en la DIBA (en uno de sus hoteles) al principio como mucama y en los últimos 10 años como camarera. En enero de 2013 le diagnostican una tendinitis en la rodilla y luego el medico le dijo que tenia el cartilago de la rodilla gastado, debiendo someterse a una intervención quirurgica.Debido a esta situación no pudo trabajar durante todo el verano. Yo considero de que se trata de una enfermedad profesional...pero recien ahora haria el reclamo, esto es posible?? Por otro lado, le deberian pagar los gastos que tuvo en asistencia medica y farmaceutica, verdad?
Mi clienta es una empleada temporaria y/o eventual y no quisiera trabajar mas alli, por lo que necesitaria buscar una causal para que se considere despedida. El dato adicional que tengo es: que le hacian varios contratos eventuales por año y en verano le hacian firmar contratos por 3 meses, tal vez podria encubrir un fraude laboral, que les parece??
Espero alguna opinión!
 #944840  por DiegoAle
 
Entiendo mal o estás diciendo que trabajaba con un contrato de temporada en el verano todos los años y cubrían todo el resto del año con contratos eventuales ¿con qué eventos se justificaba los contrato eventuales todo el año?.
Si la enfermedad tiene nexo de causalidad con las tareas o alguna tarea laboral es una enfermedad laboral.
Tiene ART?
 #945868  por juridica2011
 
Diego Ale entendiste bien! solo quiero aclarar un error mio: que eran contratos a plazo que le hacian firmar en el transcurso del año, pues habia meses que no trabajaba e incluso a veces firmaba por un par de dias y en verano le hacen contrato x 2 meses (enero y febrero) y asi todos los años. En esos contratos se establece que el mismo se regira x el Codigo Civil y no por la LCT. Yo considero que hay un fraude laboral, pues de los contratos que he leido puedo interpretar que para la empresa seria una locacion de servicios, ustedes que opinan??
Tambien quiero agregar que es una empresa autoaseguradora (no tiene ART), en este caso tendria que reclamar a la empresa??
 #945969  por DiegoAle
 
Que los contratos digan que se rigen por el Código Civil y no por la LCT no tiene valor alguno.
Durante estos 21 años no tuvo ningún aporte?
En realidad no hay varios contrato de temporada si no que el contrato de temporada es uno sólo, lo que cobra vigencia cada temporada son las obligaciones de ambas partes. En los anteriores años le hicieron firmar un nuevo contrato. Firmó uno este último verano?
Entonces salvo cada temporada, durante el resto el año había contratos eventuales por ejemplo un fin de semana largo, alguna convención, algo por estilo.
Suficientemente justificado? qué pasa esta super semana santa?
Se puede unir todos para transformarlo en un sólo contrato indeterminado?
En cuanto a la enfermedad es autoasegurado autorizado por la SRT o es directamente sin seguro?
Tenés dos juicios en puerta, porque no sé si te permitiran acumular todo en un expediente, por un lado tenés los salariales, registración y configurar un despido indirecto o hacerse despedir sin justa causa de alguna forma, y por el otro el daños y perjucios por lo que es sí una enfermedad laboral para lo que sería bueno que te consigas un buen certificado médico y unos buenos puntos de pericia adecuados al caso.