Queridos foristas, tengo la siguiente duda, después de comparecer a audiencia los dos testigos para reconocimiento de letra y firma dl testador el juez dicta la siguiente resolución:…. En cumplimiento de lo dispuesto en el art.739 del CPC, habiendo sido reconocida la firma por los testigos de fs ….., procede el suscripto a rubricar el testamento de fs….., y a los fines de su protocolización, tiénese por designado al Escribano propuesto Jose Ramallo (art.740 CPC)
la pregunta es como sigo con el tramite? tengo que pedirlo a prestamo para llevarlo a la escribania ? Muchas gracias
la pregunta es como sigo con el tramite? tengo que pedirlo a prestamo para llevarlo a la escribania ? Muchas gracias


