Que tal colegas, necesito una ayuda. Tengo un cliente que es ex empleado de una empresa de seguridad y vigilancia privadas, lo volvieron loco cambiandolo de trabajo y a destinos a mas de 30 km de su domicilio sin pagarle viaticos ni las horas extras insumidas en viajes a esos destinos.
Estudiando el convenio colectivo (especialmente el art 13), entiendo que los puestos deben ser si o si dentro de un radio de 30 km y ademas, dentro de ese radio pueden cambiarlo las veces q sea necesario (dadas las caracteristicas del trabajo)pero que el cambio debe ser avisado formalmente, y ademas computarse como hora de trabajo las insumidas en viaje. Por el tema viáticos, para no tener que ponerse en acreditar cada boleto de colectivo, se les pagan un fijo, pero ese fijo es para moverse dentro del radio establecido por convenio.
El caso es que a mi cliente lo mandaban a trabajar siempre a destinos fuera del radio; ademas de cumplir las 8 horas de servicio, viajaba casi 6 horas por dia para ir y volver de su casa, pagando los viaticos extras de su bolsillo y cada cambio realizado fue avisado de modo informal (tipo mensaje de texto, llamada telefónica). Uno puede entender que dadas ciertas circunstancias obviemos el envio de telegrama o que vaya a notificarse a la oficina central del cambio de destino, pero siendo esto sistemático, mas todos los demas inclumplimientos, no es un hecho menor. Le han cambiado de destino telefónicamente, encontrándose ya en viaje al trabajo. Buscaron cansarlo y lo lograron.
Mi cliente reclamo que se le fije destino, mas sueldo acorde a categoría (era vigilador monitorista y le pagaban como vigilador gral), mas horas extras impagas (por los viajes), mas viaticos impagos (por lo q excede los 30 km) y la empresa contesto negando que su destino haya cambiado y que se presente a trabajar sino lo tienen por abandono de trabajo. Mi cliente se considero despedido y en el SeCLO no llegamos a un acuerdo.
LLegado el momento de redactar la demanda, quisiera ahondar sobre el abuso que ha hecho la empresa del ius variandi del art 13 que el convenio permite. Alguien tiene jurisprudencia? o sabe de algun fallo? Por otro lado, con testigos y libros de control pruebo que estuvo trabajando en destinos diferentes y pongo en descubierto a la empresa, pero alguien sabe de alguna prueba que no debería dejar de pedir?
Muchas gracias
Estudiando el convenio colectivo (especialmente el art 13), entiendo que los puestos deben ser si o si dentro de un radio de 30 km y ademas, dentro de ese radio pueden cambiarlo las veces q sea necesario (dadas las caracteristicas del trabajo)pero que el cambio debe ser avisado formalmente, y ademas computarse como hora de trabajo las insumidas en viaje. Por el tema viáticos, para no tener que ponerse en acreditar cada boleto de colectivo, se les pagan un fijo, pero ese fijo es para moverse dentro del radio establecido por convenio.
El caso es que a mi cliente lo mandaban a trabajar siempre a destinos fuera del radio; ademas de cumplir las 8 horas de servicio, viajaba casi 6 horas por dia para ir y volver de su casa, pagando los viaticos extras de su bolsillo y cada cambio realizado fue avisado de modo informal (tipo mensaje de texto, llamada telefónica). Uno puede entender que dadas ciertas circunstancias obviemos el envio de telegrama o que vaya a notificarse a la oficina central del cambio de destino, pero siendo esto sistemático, mas todos los demas inclumplimientos, no es un hecho menor. Le han cambiado de destino telefónicamente, encontrándose ya en viaje al trabajo. Buscaron cansarlo y lo lograron.
Mi cliente reclamo que se le fije destino, mas sueldo acorde a categoría (era vigilador monitorista y le pagaban como vigilador gral), mas horas extras impagas (por los viajes), mas viaticos impagos (por lo q excede los 30 km) y la empresa contesto negando que su destino haya cambiado y que se presente a trabajar sino lo tienen por abandono de trabajo. Mi cliente se considero despedido y en el SeCLO no llegamos a un acuerdo.
LLegado el momento de redactar la demanda, quisiera ahondar sobre el abuso que ha hecho la empresa del ius variandi del art 13 que el convenio permite. Alguien tiene jurisprudencia? o sabe de algun fallo? Por otro lado, con testigos y libros de control pruebo que estuvo trabajando en destinos diferentes y pongo en descubierto a la empresa, pero alguien sabe de alguna prueba que no debería dejar de pedir?
Muchas gracias