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  • ACUERDO PRESENTADO SIN HOMOLOGAR, INCUMPLIMIENTO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #947491  por vero2008
 
Hola, Les consulto por lo siguiente: inicie un despido en pcia de Bs.As., al darle traslado de la demanda llegamos a un acuerdo conciliatorio con las 2 empresas demandadas y lo presentamos en el expte para su homologación, hasta ahí todo ok, el tema es que el tribunal previo a homologarlo exige el pago de la tasa de justicia, uno de los demandados interpone revocatoria solicitando eximición del pago y se la morigeran en un 50%, desde ese dia me comunique 100 veces con los abogados de la contraparte para que abonen la tasa , asi mi cliente puede ratificar y el tribunal pueda homologar el acuerdo, y nada… me tienen hace 2 semanas que ya la van a pagar. Mi cliente esta super enojada porque esto esta demorando mas de la cuenta (estuvieron un mes para resolver la revocatoria y encima lo que están tardando para abonar la tasa de justicia) y yo también, ya me canse. Ademas ya me da desconfianza, porque si tardan tanto en abonar solo la tasa de justicia ni me imagino cuando tengan que abonar el capital y honorarios.
En definitiva, mi pregunta es si puedo solicitar que ante este incumplimiento de los demandados se siga con el proceso, que se deje el acuerdo (q esta sin homologar) sin efecto. O tengo que solicitar que se los intime? Y. como seguiría? El acuerdo lo presentamos un dia antes de que venza el plazo para contestar la demanda, se reanudan los plazos desde ahí? Nunca me paso esto . Gracias!!
 #947501  por pepecurdele
 
pedilo a lu sumo te diran que no, yo entiendo que si las actuacione siguen segun su estado le quedaria un dia para responder la demanda.
 #947508  por marianoc
 
El art. 15 LCT dispone: "Los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios sólo serán válidos cuando se realicen con intervención de la autoridad judicial o administrativa, y mediare resolución fundada de cualquiera de ésta que acredite que mediante tales actos se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes..."

Por lo tanto yo lo que haría sin dudar es presentar un escrito en el que ante la evidente conducta dilatoria de la deudora, actitud contraria a la naturaleza misma del acuerdo bla bla bla ..., desisto del mismo a los fines de continuar con el proceso. Entiendo que desde la presentación del acuerdo, hasta que se provea tu escrito existe suspensión del plazo para contestar la demanda.

Igualmente espera la opinión de colegas con mayor experiencia.
 #947651  por flux
 
Lo que dijeron arriba esta perfecto

Con un escrito manifestando el empleado negativa a ratificar el acuerdo se les cae el convenio

En ese caso seguro el juzgado trata de salvar las cosas fijando alguna audiencia para ver si puede salvar el acuerdo

Ahi te podes poner en interesante y decir que "ya es otra plata, por la demora" (haciendoles sentir que si no queres firmar es por el peloteo) y todos con cara de culo (la empresa y el juzgado) porque el juicio se sigue

Una vez lo hice y el secretario tenia una cara de tuje impresionante
 #947700  por ods
 
flux escribió:Lo que dijeron arriba esta perfecto

Con un escrito manifestando el empleado negativa a ratificar el acuerdo se les cae el convenio

En ese caso seguro el juzgado trata de salvar las cosas fijando alguna audiencia para ver si puede salvar el acuerdo

Ahi te podes poner en interesante y decir que "ya es otra plata, por la demora" (haciendoles sentir que si no queres firmar es por el peloteo) y todos con cara de culo (la empresa y el juzgado) porque el juicio se sigue

Una vez lo hice y el secretario tenia una cara de tuje impresionante
Yo haria lo mismo
 #947702  por vero2008
 
Mil gracias a todos por su ayuda!!! . Gracias Flux por compartir tu experiencia, nunca me habia pasado esto, voy a hacer lo que me dicen Y que pongan la cara que quieran, porque al final soy yo la que tiene que poner la cara con mi cliente (hace mas de 2 meses que me llama todos los dias!). Saludos a todos!
 #947838  por sanjuanino
 
marianoc escribió:El art. 15 LCT dispone: "Los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios sólo serán válidos cuando se realicen con intervención de la autoridad judicial o administrativa, y mediare resolución fundada de cualquiera de ésta que acredite que mediante tales actos se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes..."

Por lo tanto yo lo que haría sin dudar es presentar un escrito en el que ante la evidente conducta dilatoria de la deudora, actitud contraria a la naturaleza misma del acuerdo bla bla bla ..., desisto del mismo a los fines de continuar con el proceso. Entiendo que desde la presentación del acuerdo, hasta que se provea tu escrito existe suspensión del plazo para contestar la demanda.

Igualmente espera la opinión de colegas con mayor experiencia.
Brillante y convengo.
también convengo con las palabras de nuestro amigo flux.
Lo que creo al igual que flux que va a pasar es que el juzgado va a tratar de conciliar en el asunto (tiene facultades para previo a dar por decaído el convenio por esta causa, intimar a la contraparte a cumplir con la tasa y hasta para llamar a una conciliación)
 #947908  por flux
 
(tiene facultades para previo a dar por decaído el convenio por esta causa, intimar a la contraparte a cumplir con la tasa y hasta para llamar a una conciliación)
Igual si les queres tirar el convenio se puede, porque por mas que la contraparte deposite faltaria la ratificacion del empleado, y si el empleado se niega a ratificar expresamente por escrito el juzgado no puede homologar