Hola, escribia para ver si alguien me podia ayudar, es una duda respecto a las jornadas de trabajo. Según la ley la jornada máxima legal Diurna es de 8 hs diarias o 48 hs semanales, en la facultad cuando curse Derecho Laboral según el profesor la jornada máxima se reducia a 44 hs en vez de 48 hs en la Pcia de Santa Fe. Ahora que tengo que liquidar unos sueldos en la realidad no se como encararlo, porque buscando sustento normativo a las 44 hs encontre que en Santa Fe existió una ley (9497) que establecía la jornada de 44 hs pero que fue declarada inconstitucional en la decada del 80, tambien encontre convenios colectivos o por ejemplo la ley 26727 que legisla el trabajo agrario que establecen una jornada máxima de 44 hs en vez de 48 hs. Espero que alguno me pueda orientar.
Un saludo.
Un saludo.