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  • Hipoteca con clausula de inembargabilidad

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 #924354  por marguay
 
Buenas tardes foro. Quiero iniciar una ejecucion de sentencia, en un juicio laboral, pido informe de dominio en el registro publico, y se me informa que el demandado tiene solo un bien inmueble con hipoteca a favor del BANCO HIPOTECARIO, y clausula de inembargabilidad, que el bien no podrá ser afectado ni gravado por otros derechos que la hipoteca, que se inscribe en el Registro en el año 1986. Sin perjucio de eso el inmueble ha sufrido embargos del Fisco en varias oportunidades, que hoy se encuentran canceladas. MI duda: Puedo embargar el bien excluyendo esa clausula de inembargabilidad? Como lo hago? Nunca tuve un caso así, pero calculo que tratandose de creditos laborales, la cuestión es diferente. El tema es como hacerlo...
 #924460  por flux
 
Para mi pedi el embargo y nada mas

Si te lo dan que los de la hipoteca le canten a gardel, no esta sujeto a la libre voluntad de las partes la aplicacion o no de las medidas cautelares del CPCC

El problema es si no te lo dan, reventa el juzgado a patadas y mandalo a camara o extraordinario si es tribunal
 #924489  por marguay
 
Hola flux, gracias x tu respuesta. Yo pensaba lo mismo, pero quería cubrirme x las dudas no me lo otorguen. Mil gracias!
 #924926  por flux
 
A mi me parece que esa clasula mas que destinada a terceros, estaba destinada a que el deudor hipotecario no pueda validamente constituir otros derechos reales sobre la propiedad porque si un nuevo acreedor hipotecario quiere constituir una segunda hipoteca y lee eso al momento de ver las condiciones se le puede decir que sabia que el acto era atacable o tambien se le puede decir que el acto es pasible de nulidad porque una de las personas que lo constituyo (el deudor hipotecario) tenia vedado hacerlo y eso te lleva a que estamos ante una aplicacion del "nemo plus iure" (aunque siempre el tercero acreedor pueden alegar la salvedad de los derechos del tercero adquirente de buena fe, pero no se hasta que punto hay tercero adquirente de buena fe que desconocia la prohibicion, si cuando se constituyo la segunda hipoteca se tuvo que analizar el titulo de propiedad y bien se supo de esa prohibicion o si no lo supo no queda otra que pensar que fue por propia torpeza)

En todo caso, discutible por ambos argumentos, si es ese caso es posible que esa prohibicion valga. Pero si quien embarga es un tercero al hecho de esa hipoteca y no tenia forma de tomar conocimiento de la misma no se le puede oponer un acto entre partes como negativa de aplicar las medidas cautelares que el CPCC dispone. Lo que veo es que esa clausula tiene una redaccion de merda que te hace confundir cuando lo correcto seria disponer que el deudor hipotecario no puede constituir nuevos derechos reales sobre la propiedad y no poner que es inembargable "porque si".
 #925211  por marguay
 
.. Pero si quien embarga es un tercero al hecho de esa hipoteca y no tenia forma de tomar conocimiento de la misma no se le puede oponer un acto entre partes como negativa de aplicar las medidas cautelares que el CPCC dispone. Lo que veo es que esa clausula tiene una redaccion de merda que te hace confundir cuando lo correcto seria disponer que el deudor hipotecario no puede constituir nuevos derechos reales sobre la propiedad y no poner que es inembargable "porque si".[/i

]Flux: en este caso cuando pedis un informe al Registro de la Propiedad Inmueble, "salta" esta cláusula, porque el mismo informe te lo manifiesta. Dice textual: "con clausula de reajuste y estabilizacion, este inmueble es INEMBARGABLE, no podrá ser afectado por otros derecho que la hipoteca que antecede" textual
 #925218  por ebarreyro
 
Y qué conque diga eso la cláusula? El patrimonio es la garantía común de los acreedores. Además, no existen privilegios salvos los contenidos en la ley. Y los derechos reales son numerus clausus. Entonces, esa cláusula es como si no estuviera escrita, cuando menos para los terceros. Incluso para las partes, si el deudor constituyera otro derecho real, digamos un usufructo, tampoco le puede ser impedido. A lo sumo, caerán los plazos de la hipoteca. Tiene que accionar como si no existiera nada. Es una cláusula cazabobos, como tantas otras que imponen los bancos. Si pasa, pasa.
 #925276  por marguay
 
ok ok. Gracias a todos x responder!!Yo pienso igual, pero me limitaba esa clausula en el informe. Gracias nuevamente
 #925411  por gusgus
 
OJO COLEGAS CON ESTO!!!!!!

aunque parezca mentira y totalmente injusto, la clausula de inembargabilidad de estos creditos de hace años, se mantiene en el tiempo sin ningun tipo de limites!!!!!!

hace un tiempo estudie el tema y es asi, no pude hacer nada, el juzgado me rechazo los planteos y confirmo camara...

paso jurisprudencia en tal sentido, que es concordante...



La inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles destinados a vivienda, adquiridos con préstamos del Banco Hipotecario Nacional, se mantiene aun después de cancelado el crédito. La subsistencia del beneficio aun después de cancelado el crédito se justifica en el objetivo social y el carácter de orden público que tienen las normas que lo consagran. Ellas se compadecen con las funciones del fomento de la vivienda familiar atribuidas a la función de la entidad bancaria y con el espíritu de normas análogas como las que regulan el llamado "bien de familia" y tienen sustento en el artículo 14 bis de la Consitución Nacional.-

CON Art. 14 b

OBS. DEL SUMARIO: SCJBA Causas Ac. 45.711, Ac. 50.324 y Ac. 82.873




CC0002 SM 55214 RSI-121-9 I 1-9-2009







CARATULA: Zanatta, María Beatriz c/ Paissan, Hugo y otra s/ Cobro ejecutivo
MAG. VOTANTES: Mares-Scarpati

________________________


La inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles destinados a vivienda propia adquiridos con préstamos del Banco Hipotecario Nacional se mantiene luego de cancelado el crédito.




SCBA, C 99575 S 28-5-2010 , Juez GENOUD (SD)







CARATULA: Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Benvenutto, Osmar y Balestrase, Martha Luján s/ Cobro ejecutivo
MAG. VOTANTES: Genoud-Pettigiani-de Lázzari-Soria
TRIB. DE ORIGEN: CC0000JU

________________________


Es sabido que la inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles destinados a vivienda propia y constituidos con préstamos del Banco Hipotecario Nacional se mantiene luego de cancelado el crédito del Banco, criterio ajustado al objeto social y al carácter de órden público de las normas legales que consagran aquellas, concordado con el espíritu de normas análogas, como las que regulan el llamado "bien de familia" (arts. 34 y sgts ley 14.394), que halla su soporte constitucional en el art. 14 nuevo dela ley.-

LEYB 14.394 Art. 34 ; LEYB 14.394 Art. 14




CC0001 LM 750 RSI-2- I 2-2-2005







CARATULA: Fernandez, Miguel José c/ Rojo, Elda Zulema s/ Cobro ejecutivo de dinero
MAG. VOTANTES: Alonso-Taraborrelli-Posca

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deberias estudiar bien la ley y ver si en tu caso existe alguna circunstancia excepcional que haga caer la inembargabilidad
 #925412  por gusgus
 
agrego que la inembargabilidad no es en virtud de la clausula de la hipoteca que la establece, sino que es de fuente legal, por eso es oponible a terceros
 #925446  por ebarreyro
 
Me disculpo por el garrafal error en el que incurrí. Es verdad lo que dice Gus, ha sido avalada la constitucionalidad por la CSJN; si bien algunas salas civiles de Capital y la Corte de Mendoza, permiten ejecutar sólo en casos de hipotecas posteriores.

Eso que decÍa BANCO HIPOTECARIO con mayúsculas.

Sepan disculpar, pero el fin de año -considerando los paros de principio de año, los feriados, y la mar en coche-, me tiene saturado...
 #925457  por marguay
 
Eso es lo que me dijeron en el Registro Publico: "hacer caer la inembargabilidad", y en el Registro se hace solo x medio de orden judicial (x oficio). Mi planteo al abrir este post era saber a partir de la experiencia de cadad uno, si: una sentencia laboral y con el fin de ejecutar creditos laborales (de caracter alimentario, considero) podria hacer caer esa inembargabilidad del inmueble. He obtenido respuestas diversas y encontradas, tanto de colegas, como en jurisprudencia, tal lo expresaba amablemente gusgus. Por eso buscaba opiniones en el foro...
 #925636  por gusgus
 
Para mi la respuesta es NO....

A no ser q pruebes q no es vivienda unica familiar de ocupacion permanente

Intentaria con un manda$iento de constatación
 #925679  por flux
 
marguay escribió:Flux: en este caso cuando pedis un informe al Registro de la Propiedad Inmueble, "salta" esta cláusula, porque el mismo informe te lo manifiesta. Dice textual: "con clausula de reajuste y estabilizacion, este inmueble es INEMBARGABLE, no podrá ser afectado por otros derecho que la hipoteca que antecede" textual
No tenes porque pedir ese informe si tu embargo va directo por, por ejemplo, causa de una sentencia judicial

Por ejemplo, obtenes una sentencia, conoces el catastro del inmueble (por motivo que sea, un indice de dominio por ejemplo, con ese informe no te salen las condiciones de gravamen y dominio particulares del inmueble), pedis al juzgado el embargo

En ese caso, ni siquiera el juzgado sabria de esa clausula, entonces el embargo te lo van a dar porque nadie tendria forma de saber de la existencia de esa clausula

Despues que venga el embargado a venir a pedir que se levante la medida porque tal o cual clausula y me lo discuta, pero de hecho, ya tengo el embargo trabado y sera cosa de que me lo discutan
 #950205  por lau
 
Hola, tengo un caso de un juicio sumario en el q se trabo embargo y ordeno la subasta de un inmueble con clausula de inembargabilidad. con posterioridad el juzgado noto la existencia de dicha clausula y se ve q el abog lo dejo ahi xq todo quedo parado. me viene a consultar la actora, pidiendo q lo continue argumentando q el dinero que ella habia prestado al demandado (el juicio es x cobro de pesos) fue usado p pagar el mismo crédito hipotecario.
Estuve esudiando el tema y no le veo mucho futuro, el demandado no tiene otros bienes p ejecutar ni sueldo, la sentencia si bien lo condena al pago, es de dificil cumplimiento.
La pregunta concreta es: existe la posibilidad de ejecutar esa subasta argumentando q el dinero dado en prestamo al demandado fue usado p pagar el propio creditomhpotecario y salvar la casa familiar? O alguna otra salida?
Desde ya muchas gracias por la ayuda!