Hola estimados foristas. Quisiera hacer una consulta: mi cliente compra en ago.de 2012 un auto firmando 08 en blanco con certificacion ante escribano. Ahora al querer venderlo nunca se transfirio) el comprador pide inf.de dominio y sale un embargo. Al ver el expte la propie taria estaba notificada de la.deuda. pero no del embargo. Mi cliente paga la deuda pero yo quiero iniciar daños y perjuicios x el daño econonico que sufre. Estoy acertada? El actor me va a hacer factura pero es a nombre de los autos. Ese mas la factura de la abogada por honorarios me sirven de prueba de pago no es asi? Xq el q demanda me dijo q solo pueden hacer la factura a nombre de la demandada y la factura de honorario si iria a nombre de mi cliente. Con este ultimo puedo dar a entender q se abono deuda agena no
Muchas Gracias.
Saludos.
Muchas Gracias.
Saludos.
