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  • Pruebas y medios probatorios. Todo en el traslado de contest

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #951515  por martins
 
Previo a iniciar demanda por despido, por la actora en Capital. Consulta: Es posible diferir todo el capitulo de ofrecimiento de prueba para la oportunidad de contestar el traslado de la contestacion de demanda? (art. 71 2do parrafo). Puedo presentar la demanda sin enunciar ningun medio probatorio ni ofrecer prueba alguna (incluso sin denunciar testigos) y presentarla luego (art 71 2do parr)?
En caso afirmativo, como hacen habitualmente Uds.? Cuales son las ventajas y desventajas? Gracias.-
 #951595  por sonicobcn
 
Hola, podes perfectamente presentar la demanda sin ningun medio probatorio y al contestar el traslado de la contestacion de demanda ofrecer todos los medios probatorios de que te quieras valer... pero... yo nunca hago eso, y te explico porque, es tan fundamental la prueba que digamos todo se pierde o se gana alli, por lo que a mi humilde entender es mejor ir a lo seguro y ofrecer toda la prueba con la demanda, no daria margen a que ninguna fatalidad pase (que reciban la cedula en una gestoria y no te avisen, que se te pase a vos, cualquier cosa)
Saludos y suerte
 #951771  por GU
 
Yo soy partidario de no presentar la documentacion o los testigos. En la practica, y por culpa de un socio, suelo presentar todo junto.

Mas alla de la fatalidad mencionada, hay que analizar cada caso en concreto. Hay veces que una carta escondida te hace ganar el partido: Esto puede ser tanto una prueba documental (recibo, nota firmada, etc.) como un testigo que la demandada no espera que se lo pongas.

Es una ventaja procesal. Obligas a la contraparte a contestar sin saber cual es la prueba. Algo mejor tiene que ser...

Salutes!
 #952144  por Marchus77
 
Chicos, soy totalmente nueva en Laboral (vengo de contencioso administrativo con lo que ni siquiera sé que es una audiencia :P ) y debo presentar mi primera demanda... Tengo varias dudas, pero sobre la prueba mi duda es la siguiente: en este caso las pruebas serían documental, pericial contable, pericial informática, etc, a) puedo acompañar con la demanda solo la documental y diferir el resto para otro momento?, b) En caso de no poder hacerlo y deber ofrecer toda la prueba con la demanda debo incluir en ella los puntos de pericia de cada perito? Les pido mil disculpas si es tonta mi inquietud, pero les agradezco cualquier orientación que puedan darme ;)
 #952242  por sonicobcn
 
Marchus77 escribió:Chicos, soy totalmente nueva en Laboral (vengo de contencioso administrativo con lo que ni siquiera sé que es una audiencia :P ) y debo presentar mi primera demanda... Tengo varias dudas, pero sobre la prueba mi duda es la siguiente: en este caso las pruebas serían documental, pericial contable, pericial informática, etc, a) puedo acompañar con la demanda solo la documental y diferir el resto para otro momento?, b) En caso de no poder hacerlo y deber ofrecer toda la prueba con la demanda debo incluir en ella los puntos de pericia de cada perito? Les pido mil disculpas si es tonta mi inquietud, pero les agradezco cualquier orientación que puedan darme ;)
Hola, que tal todo? suerte en este mundo del derecho laboral... a ver... simpre y cuando estemos hablando de un juicio en CABA:
a)si, podes presentar en la demanda solo la prueba documental, cuando el demandado conteste la demanda te van a dar traslado por 3 dias a vos, esa es tu ultima oportunidad para ofrecer prueba, ademas por supuesto de desconocer la documental acompañada por la parte demandada y ratificar en un todo el escrito de inicio.
b)como te dije tenes tiempo hasta contestar el segundo traslado, ahora... cuando ofreces como prueba una pericia tenes que incluir todos los puntos de pericia alli mismo...

Saludos y suerte
 #953014  por Marchus77
 
Muchísimas graciassssss sonicobcn !!! Sí, se trata de un laboral en C.A.B.A. y se me está complicando un poquito con los puntos de pericia informatica... (no solo el derecho laboral me supera un poquito sino que la tecnología también! :P
Gracias nuevamente por tu respuesta!!! :)
 #953072  por sonicobcn
 
Ro2012 escribió:Ya que estoy.... Es necesario poner algo asi como "reservo derecho de ampliar prueba" en la demanda?
No pongas eso porque es una barbaridad juridica, no hay posibilidad alguna de ampliar prueba mas alla de la demanda y de los 3 dias que se tiene para contestar el segundo traslado... por supuesto con excepcion de los hechos nuevos.
Recomiendo una lectura de la ley 18345.
Saludos
 #953073  por sonicobcn
 
Marchus77 escribió:Muchísimas graciassssss sonicobcn !!! Sí, se trata de un laboral en C.A.B.A. y se me está complicando un poquito con los puntos de pericia informatica... (no solo el derecho laboral me supera un poquito sino que la tecnología también! :P
Gracias nuevamente por tu respuesta!!! :)
Si queres te paso los datos de un perito informatico de parte, nunca trabajé con él, lo tengo en twiter, pero nunca esta de mas.
Saludos
 #953135  por Ro2012
 
No pongas eso porque es una barbaridad juridica, no hay posibilidad alguna de ampliar prueba mas alla de la demanda y de los 3 dias que se tiene para contestar el segundo traslado... por supuesto con excepcion de los hechos nuevos.
Recomiendo una lectura de la ley 18345.
Saludos[/quote]

Uff, lo vi en algun lado, gracias!! Saludos!
 #955172  por Marchus77
 
Gracias a todos por ayudarme con esto!!
sonicobcn: acepto tu dato de perito informático xq estoy totalmente trabada con los puntos de esa pericia, y que me son fundamentales!

Te cuento que pensaba poner algo así como: me reservo el derecho de ampliar la prueba ofrecida en los términos del 71 LCT... Ta mal? :(

Sobre la pericial contable también tengo dudas...así que cuando termine de hacer los puntos de pericia, los vuelvo a molestar para que me den su opinión, ya que se trata de una intermediación fraudulenta o interposición fraudulenta de persona, como más les guste llamarlo (art. 29, 1 y 2 párrafo).
Por lo tanto, la real y única empleadora (xq es para quien prestó tareas en exclusividad, de quien recibía ordenes, en edificio q le pertenece, con herramientas de trabajo prov x ella, desarrollando tareas necesarias para el cumplimiento del objeto social de la empleadora y respondiendo el trabajo del actor a las exigencias propias, ordinarias y permanentes de la empledora, etc etc etc) omitió durante toda la rel laboral extenderle recibos y hacer aportes de ley.
Y debo reclamar ademas de lo correspondiente al trabajo en negro, diferencias salariales por aplicación del cct q regula la actividad y que jamas le fue aplicado, diferencias x hs extras que excedían la jornada normal permitida x convenio (hacia 2 horas diarias de lunes a viernes) diferencias salariales guardias trabajadas, horas nocturnas, etc, etc...
Gracias!!!!
 #955213  por sonicobcn
 
Marchus77 escribió:Gracias a todos por ayudarme con esto!!
sonicobcn: acepto tu dato de perito informático xq estoy totalmente trabada con los puntos de esa pericia, y que me son fundamentales!

Te cuento que pensaba poner algo así como: me reservo el derecho de ampliar la prueba ofrecida en los términos del 71 LCT... Ta mal? :(

Sobre la pericial contable también tengo dudas...así que cuando termine de hacer los puntos de pericia, los vuelvo a molestar para que me den su opinión, ya que se trata de una intermediación fraudulenta o interposición fraudulenta de persona, como más les guste llamarlo (art. 29, 1 y 2 párrafo).
Por lo tanto, la real y única empleadora (xq es para quien prestó tareas en exclusividad, de quien recibía ordenes, en edificio q le pertenece, con herramientas de trabajo prov x ella, desarrollando tareas necesarias para el cumplimiento del objeto social de la empleadora y respondiendo el trabajo del actor a las exigencias propias, ordinarias y permanentes de la empledora, etc etc etc) omitió durante toda la rel laboral extenderle recibos y hacer aportes de ley.
Y debo reclamar ademas de lo correspondiente al trabajo en negro, diferencias salariales por aplicación del cct q regula la actividad y que jamas le fue aplicado, diferencias x hs extras que excedían la jornada normal permitida x convenio (hacia 2 horas diarias de lunes a viernes) diferencias salariales guardias trabajadas, horas nocturnas, etc, etc...
Gracias!!!!
Para la pericia informatica
http://www.estudiodossantos.com.ar/
 #955215  por sonicobcn
 
Marchus77 escribió:Gracias a todos por ayudarme con esto!!
sonicobcn: acepto tu dato de perito informático xq estoy totalmente trabada con los puntos de esa pericia, y que me son fundamentales!

Te cuento que pensaba poner algo así como: me reservo el derecho de ampliar la prueba ofrecida en los términos del 71 LCT... Ta mal? :(
ARTICULO 71.- Contestación de la demanda. .... Del responde y de su documentación, se dará traslado al actor quien dentro del tercer día de notificado ofrecerá la prueba de la que intente valerse y reconocerá o desconocerá la autenticidad de la documentación aportada por la demandada.
O sea, en la demanda podes no ofrecer prueba, y no hace falta que aclares nada, cuando el demandado contesta demanda de esa contestacion te dan traslado por 3 dias a vos, entonces ahi tenes que contestar el traslado y es el ultimo momento en que podes ofrecer prueba.

Sobre la pericial contable también tengo dudas...así que cuando termine de hacer los puntos de pericia, los vuelvo a molestar para que me den su opinión, ya que se trata de una intermediación fraudulenta o interposición fraudulenta de persona, como más les guste llamarlo (art. 29, 1 y 2 párrafo).
Por lo tanto, la real y única empleadora (xq es para quien prestó tareas en exclusividad, de quien recibía ordenes, en edificio q le pertenece, con herramientas de trabajo prov x ella, desarrollando tareas necesarias para el cumplimiento del objeto social de la empleadora y respondiendo el trabajo del actor a las exigencias propias, ordinarias y permanentes de la empledora, etc etc etc) omitió durante toda la rel laboral extenderle recibos y hacer aportes de ley.
Y debo reclamar ademas de lo correspondiente al trabajo en negro, diferencias salariales por aplicación del cct q regula la actividad y que jamas le fue aplicado, diferencias x hs extras que excedían la jornada normal permitida x convenio (hacia 2 horas diarias de lunes a viernes) diferencias salariales guardias trabajadas, horas nocturnas, etc, etc...
Gracias!!!!