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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #952323  por periquita
 
facumanu escribió:Estimados, buenas tardes hago la consulta en este sitio ya que es una pensión por discapacidad de una docente. Mi pregunta es: Cómo averiguo u obtengo la certificacion de servicios de un establecimiento que ya no existe?. Estaba en Boulogne (pcia. de Bs. As.) la institución, por ende puedo averiguar en la delegación de Tigre?. La clienta está discapacitada severa y quisiera saber si con su DNI original y los recibos de sueldo que tengo y que son pocos, si me darán la información a mi como su letrado. Muchas gracias. Facumanu *cafe*
Tenés que ir a la Jefatura de Región de los colegios privados, dependiente de la DIPREGEP. Podés ir vos con los recibos que tengas. Te darán no sólo la información, sino también la constancia necesaria.
Saludos.
 #952324  por periquita
 
camidoc escribió:Buenas día foristas!

Hace poco que me dedico al derecho previsional, y es la primera vez que me toca un caso de este tipo.

Una señora médica, el 6/5 cumple 65 años.
Es Jefa de una división del Hospital Pedro Elizalde (ex Casa Cuna) y docente universitaria en la UBA.

En la universidad no se va a jubilar, va a continuar su actividad como lo permite la ley hasta los 70 años.

Pero en el Hospital, se tendría que jubilar al cumplir los 65 años, pero NO quiere. Dice que quiere jubilarse en los dos puestos al mismo tiempo, a los 70 .Para cobrar un haber más alto.

existe alguna posibilidad que pueda NO jubilarse ahora del hospital? hay algún fundamento que pueda utilizar? Puede jubilarse en un cargo primero y en otro no?

Muchas gracias a quien me pueda ayudar.

Saludos,
Te contesté en el mail que iniciaste por separado

saludos
 #952326  por periquita
 

Creo que sería menos confuso que cada uno inicie un post nuevo con su consulta porque cuando me dicen que vuelven a un tema anterior me llevarìa mucho tiempo buscarlo en éste, con todo lo que hay, y no tengo presente lo que ya se escribió.

Tita Gasco escribió:Hola Periquita
Vuelvo a mi caso de Jubilarse por Anses con servicios simultàneos prestados en la misma escuela al Anses y a la Pcia de Cba (en ambos casos aporta el 2% adicional)
Aùn le faltan unos meses para cumplir la edad y estoy reuniendo la informaciòn para jubilarla.
La duda es: ¿ el Formulario de Ampliaciòn PS6268 la Escuela se lo debe llenar tanto por los aportes a la Pcia de Cba como a la Naciòn?
En realidad esta situación en muy confusa, no sé que te dije antes pero no corresponde que la escuela de Córdoba en los aportes que le está haciendo al ANSES realice también el 2 % adicional, porque se suponde que son actividades extra-programáticas o extra-curriculares. Lo demás "lo docente oficial, o de planta" debe aportarse a la Caja de Córdoba.Gracias por tu respuesta.
Saludos
Tita
 #952329  por periquita
 
angelina1970 escribió:Hola Periquita! Necesito ayuda con unas dudas que tengo antes de iniciar la presentación en Anses de una jubilación Docente.
Situación de revista:
*Docente frente a alumnos en escuelas públicas estatales de la capital federal
*Ya le salió los papeles de la DAD (Paseo Colon) con renuncia condicionada al 31/12/2012
*Servicios acreditados con aportes: 12 años, 3 meses y 7 días (coincidente con la lista sabana de Anses). Son todos posteriores al 94

Dudas:

*¿Para el cálculo de la edad tengo que tomar la fecha de la renuncia condicionada (31/12/2012) o la fecha en la que vaya a sacar turno en la Anses para solicitar el beneficio (Res. SSS 06/09)? De la renuncia condicionada, aunque a veces toman la del turno.
*Cuando presente los papeles en la UDAI, pido que caratulen la jubilación con el código 904 y solicito aplicación de suplemento Decreto 137/05, ahora bien, Sí, una cosa implica la otra.
¿Qué documental me va a pedir la UDAI? la que entregó la DAD
La docente tiene el Formulario entregado por la DAD en donde figura el detalle de los servicios prestados, la renuncia condicionada y la remuneración al cese, y una Resolución emitida por el Ministerio de Educación del GCABA en donde el Ministro acepta la renuncia presentada bajo Decreto 8820/62
Mi duda aquí surge si también me van a pedir los PS 6.26.8 “ampliación de la certificación de serv. y Rem. Decreto 137/05 Docentes” por cada una de las escuelas que figuran en el formulario de la DAD, cosa que pienso no tendría lógica ya que les estoy presentando un papel certificado por la máxima autoridad del Ministerio. no
*Por último, al consultar la Historia Laboral en la pág. De Anses, en la solapa “Provinciales” figura:
Organismo Desc.Organismo Desde Hasta Caracter Serv. Ocupacion Condicion
1002325 SECRETARIA DE EDUCACION - DO 15/03/1994 30/06/1994 000 DOCENTE ACREDITADA

La Docente laboro 4 años en Prov. De Bs. As (1980,1991,1992 y 1993), pero dice no recordar haber trabajado esos 3 meses en el 94. Como el trámite de Prov. Para obtener el reco demora mucho, opto por no mencionarlos en la Anses (ya que necesita jubilarse ya), y por ende no hizo ninguna gestión en la Plata para obtener el reconocimiento.
¿me puede decir algo la Anses por esto que les figura en su base de datos? ¿Se lo puede renunciar o no reconocerlo? Sí, porque no está en los 10 últimos años y cumple los requisitos con los aportes que tiene en ANSES.
Gracias por la ayuda que me puedan brindar.
 #952349  por angelina1970
 
e: Me especializo en jubilaciones docentes
por periquita » Vie, 19 Abr 2013, 01:22

angelina1970 escribiste:
Hola Periquita! Necesito ayuda con unas dudas que tengo antes de iniciar la presentación en Anses de una jubilación Docente.
Situación de revista:
*Docente frente a alumnos en escuelas públicas estatales de la capital federal
*Ya le salió los papeles de la DAD (Paseo Colon) con renuncia condicionada al 31/12/2012
*Servicios acreditados con aportes: 12 años, 3 meses y 7 días (coincidente con la lista sabana de Anses). Son todos posteriores al 94

Dudas:

*¿Para el cálculo de la edad tengo que tomar la fecha de la renuncia condicionada (31/12/2012) o la fecha en la que vaya a sacar turno en la Anses para solicitar el beneficio (Res. SSS 06/09)? De la renuncia condicionada, aunque a veces toman la del turno.
*Cuando presente los papeles en la UDAI, pido que caratulen la jubilación con el código 904 y solicito aplicación de suplemento Decreto 137/05, ahora bien, Sí, una cosa implica la otra.
¿Qué documental me va a pedir la UDAI? la que entregó la DAD
La docente tiene el Formulario entregado por la DAD en donde figura el detalle de los servicios prestados, la renuncia condicionada y la remuneración al cese, y una Resolución emitida por el Ministerio de Educación del GCABA en donde el Ministro acepta la renuncia presentada bajo Decreto 8820/62
Mi duda aquí surge si también me van a pedir los PS 6.26.8 “ampliación de la certificación de serv. y Rem. Decreto 137/05 Docentes” por cada una de las escuelas que figuran en el formulario de la DAD, cosa que pienso no tendría lógica ya que les estoy presentando un papel certificado por la máxima autoridad del Ministerio. no
*Por último, al consultar la Historia Laboral en la pág. De Anses, en la solapa “Provinciales” figura:
Organismo Desc.Organismo Desde Hasta Caracter Serv. Ocupacion Condicion
1002325 SECRETARIA DE EDUCACION - DO 15/03/1994 30/06/1994 000 DOCENTE ACREDITADA

La Docente laboro 4 años en Prov. De Bs. As (1980,1991,1992 y 1993), pero dice no recordar haber trabajado esos 3 meses en el 94. Como el trámite de Prov. Para obtener el reco demora mucho, opto por no mencionarlos en la Anses (ya que necesita jubilarse ya), y por ende no hizo ninguna gestión en la Plata para obtener el reconocimiento.
¿me puede decir algo la Anses por esto que les figura en su base de datos? ¿Se lo puede renunciar o no reconocerlo? Sí, porque no está en los 10 últimos años y cumple los requisitos con los aportes que tiene en ANSES.
Gracias por la ayuda que me puedan brindar



Gracias Periquita sos una genia!!! lo que más me preocupaba era lo de Prov. Entonces, cuando presente el Form. PS 618 de solicitud de prestación previsional, en el punto 10 "detalle cronológico de los servicios prestados" o en "observaciones"
¿tengo que aclarar que renuncia a esos meses de Prov. que figuran en la base de datos haciendo mención a la Ley o alguna Resolución en particular o directamente no menciono nada en la Anses?
 #952359  por periquita
 
angelina1970 escribió:
Gracias Periquita sos una genia!!! lo que más me preocupaba era lo de Prov. Entonces, cuando presente el Form. PS 618 de solicitud de prestación previsional, en el punto 10 "detalle cronológico de los servicios prestados" o en "observaciones"
¿tengo que aclarar que renuncia a esos meses de Prov. que figuran en la base de datos haciendo mención a la Ley o alguna Resolución en particular o directamente no menciono nada en la Anses?
De entrada no pondría nada, lo podés agregar según lo que te digan.
Llevá además hojas en blanco y carbónico por si te piden lo hagas por nota.
Suerte
 #952456  por Camarista41
 
Periquita disculpa que te moleste y reitere este post aquí pero quizá seas la persona mas idónea para responderme esta duda, el tema es el de un bibliotecario que tiene funcion docente en el GCABA, reitero el post:
"Estimados foristas, tengo una duda que quisiera despejar. Tengo un cliente que tiene 9 años trabajando en colegios del CABA como bibliotecario, sin embargo en ANSES no me permiten computar como docente no me permiten hacer prorrateo porque dicen que para hacer prorrateo con tareas comunes debe tener un mínimo de 10 años, evidentemente interpreté mal la ley. El tema es que el Sr. tiene los requisitos para jubilarse, pero sería por la 24241, la pregunta es si el señor una vez jubilado, puede seguir trabajando como bibliotecario en las escuelas públicas del gobierno de la CABA o de pcia. "
Muchas gracias por la ayuda!

Gracias Periquita de antemano, saludos
 #952466  por Tita Gasco
 
Creo que sería menos confuso que cada uno inicie un post nuevo con su consulta porque cuando me dicen que vuelven a un tema anterior me llevarìa mucho tiempo buscarlo en éste, con todo lo que hay, y no tengo presente lo que ya se escribió.

Tita Gasco escribiste:
Hola Periquita
Vuelvo a mi caso de Jubilarse por Anses con servicios simultàneos prestados en la misma escuela al Anses y a la Pcia de Cba (en ambos casos aporta el 2% adicional)
Aùn le faltan unos meses para cumplir la edad y estoy reuniendo la informaciòn para jubilarla.
La duda es: ¿ el Formulario de Ampliaciòn PS6268 la Escuela se lo debe llenar tanto por los aportes a la Pcia de Cba como a la Naciòn?
En realidad esta situación en muy confusa, no sé que te dije antes pero no corresponde que la escuela de Córdoba en los aportes que le está haciendo al ANSES realice también el 2 % adicional, porque se suponde que son actividades extra-programáticas o extra-curriculares. Lo demás "lo docente oficial, o de planta" debe aportarse a la Caja de Córdoba.Gracias por tu respuesta.
Saludos
Tita
periquita
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Gracias Periquita
Te repaso mi caso: la Sra es docente desempeñandose en la misma escuela con aportes a la Pcia de Cba y al Anses. Se jubila en Anses por tener màs aportes a la Naciòn.
En ambos casos en el recibo le descuentan el 2% adicional, por esto la pregunta es: si lleno el Form PS6268 sumando los sueldos de los dos recibos. Ya se que lo de Naciòn es extraprogramàtico,....... pero puedo intentar mejorar el haber, teniendo en cuenta que le descuentan el 2% adicional(tal vez pase). ¿te parece?
Gracias por tus aportes
Saludos
Tita
 #952475  por periquita
 
Tita Gasco escribió: Gracias Periquita
Te repaso mi caso: la Sra es docente desempeñandose en la misma escuela con aportes a la Pcia de Cba y al Anses. Se jubila en Anses por tener màs aportes a la Naciòn.
En ambos casos en el recibo le descuentan el 2% adicional, por esto la pregunta es: si lleno el Form PS6268 sumando los sueldos de los dos recibos.
Mejor hacer 2 formulariosYa se que lo de Naciòn es extraprogramàtico,....... pero puedo intentar mejorar el haber, teniendo en cuenta que le descuentan el 2% adicional(tal vez pase). ¿te parece? con intentarlo no se pierde nada.
Contandos cómo te fue

Gracias por tus aportes
Saludos
Tita
 #952476  por periquita
 
Camarista41 escribió:Periquita disculpa que te moleste y reitere este post aquí pero quizá seas la persona mas idónea para responderme esta duda, el tema es el de un bibliotecario que tiene funcion docente en el GCABA, reitero el post:
"Estimados foristas, tengo una duda que quisiera despejar. Tengo un cliente que tiene 9 años trabajando en colegios del CABA como bibliotecario, sin embargo en ANSES no me permiten computar como docente no me permiten hacer prorrateo porque dicen que para hacer prorrateo con tareas comunes debe tener un mínimo de 10 años, evidentemente interpreté mal la ley. El tema es que el Sr. tiene los requisitos para jubilarse, pero sería por la 24241, la pregunta es si el señor una vez jubilado, puede seguir trabajando como bibliotecario en las escuelas públicas del gobierno de la CABA o de pcia. "
Muchas gracias por la ayuda!

Gracias Periquita de antemano, saludos
Te contesté hace un rato en el otro post.

Saludos
 #952529  por angelina1970
 
periquita escribió:
angelina1970 escribió:
Gracias Periquita sos una genia!!! lo que más me preocupaba era lo de Prov. Entonces, cuando presente el Form. PS 618 de solicitud de prestación previsional, en el punto 10 "detalle cronológico de los servicios prestados" o en "observaciones"
¿tengo que aclarar que renuncia a esos meses de Prov. que figuran en la base de datos haciendo mención a la Ley o alguna Resolución en particular o directamente no menciono nada en la Anses?
De entrada no pondría nada, lo podés agregar según lo que te digan.
Llevá además hojas en blanco y carbónico por si te piden lo hagas por nota.
Suerte
Gracias Periquita por tu buena predisposición! Es mi primer experiencia con Jubilaciones Docentes. después les comento como me fue.
Saludos
 #953908  por rocagusan
 
Hola
Tengo una docente universitaria (UTN) que hace casi 3 años que esta con licencia a la espera del RTI. Ya está cobrando el 50% del sueldo y pasamos pos varias instancias. En este momento a la espera de un fallo de la justicia ya que el CMF le dió un 49% de incapacidad pero la ART avisó que no le dá el alta. Es posible hacer aún la renuncia condicionada al beneficio? Muchas gracias por la respuesta.
 #953911  por periquita
 
rocagusan escribió:Hola
Tengo una docente universitaria (UTN) que hace casi 3 años que esta con licencia a la espera del RTI. Ya está cobrando el 50% del sueldo y pasamos pos varias instancias. En este momento a la espera de un fallo de la justicia ya que el CMF le dió un 49% de incapacidad pero la ART avisó que no le dá el alta. Es posible hacer aún la renuncia condicionada al beneficio? Muchas gracias por la respuesta.
La renuncia condicionada puede hacerse para iniciar el trámite en ANSES ¿lo hicieron en su momento?

Saludos
 #953924  por AUKA
 
Hola Periquita, parece que sos la única que sabe de estos temas, así que te pregunto:
Mi duda quizás es muy tonta, pero resulta que tengo una certificación de servicios docente universitario firmada a fines de marzo (el PS 6.2 y PS 6.285) y tengo que enviar el telegrama de renuncia condicionada ahora, a que fecha la pido? vale si la pido a fines de marzo? Y si la pido a fines de abril, vale la certificación de servicios de marzo (tiene las remuneraciones de los últimos 60 meses.
Espero se entienda y gracias
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