Hola. como lo leyeron. tengo un telegrama que reclama varias cositas, pero dice bajo apercibimiento art. 15 ley 24013.
Por ende, no procede ni las indemnizaciones de la LCT ni las multas de la 25323.
Ahora, cuando dice la cuarta parte de las remuneraciones devengadas el art. 9 de la 24013, debo calcular sobre el salario que marcaba el convenio en cada mes? o solo por la diferencia que le debían haber pagado según el reclamo de la actora?.
Ej. CCT 6000 y cobraba 2500 por ejemplo..calculo la cuarta parte de 6000 o de 4500(6000 - 1500)?
Por ende, no procede ni las indemnizaciones de la LCT ni las multas de la 25323.
Ahora, cuando dice la cuarta parte de las remuneraciones devengadas el art. 9 de la 24013, debo calcular sobre el salario que marcaba el convenio en cada mes? o solo por la diferencia que le debían haber pagado según el reclamo de la actora?.
Ej. CCT 6000 y cobraba 2500 por ejemplo..calculo la cuarta parte de 6000 o de 4500(6000 - 1500)?