Nuevamente estoy acá pidiendo socorro : tengo mi primera sucesión, ya mandé publicar edictos en el diario que ordenó el Juzgado y al Boletín Oficial, e hice los oficios a previsión social y al registro de testamentos. Este último contestó que no consta inscripción de testamento a nombre del causante. Y con los edictos y la contestación del registro de testamentos me surgieron las siguientes dudas: el plazo de 30 días del art. 734 desde cuando lo empiezo a contar? Desde la última publicación de edictos? El plazo se cuenta en días corridos? Y una vez que esté vencido el plazo, puedo pedir la declaratoria aunque no haya contestado el oficio previsión social?