Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Nuevo reclamo adm. después de vencido plazo para demandar?

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #943405  por juancapa
 
Estimados Colegas:

Necesito su ayuda. Tengo un cliente (policía él) que ha interpuesto un reclamo administrativo contra la Policía en 2011, por unas diferencias salariales y vacaciones no usufructuadas. El mismo le fue rechazado y notificado a fines de ese año, por lo que el plazo de caducidad para demandar conforme la ley 12008 se encuentra longamente vencido (conf. art. 18, ley citada).

Ahora, recuerdo que al estudiar derecho administrativo, había toda una discusión jurídica y también varios fallos que reconocían el derecho del administrado de interponer un segundo reclamo adminstrativo una vez vencido el plazo para demandar judicialmente que surgía del rechazo del primer reclamo. Soy claro? En síntesis: alguien conoce algún fallo que consagre la facultad del administrado de interponer un segundo reclamo, a los fines de obtener una resolución denegatoria y que quede habilitada la vía judicial?

Espero sus comentarios, muchas gracias.
 #950301  por Soul
 
No conozco jurisprudencia pero atento a la gratuidad del procedimiento administrativo yo te sugiero iniciarlo y si te lo responden negativamente o constituis silencio podés iniciar la demanda, saludos
 #953496  por juancapa
 
Soul escribió:No conozco jurisprudencia pero atento a la gratuidad del procedimiento administrativo yo te sugiero iniciarlo y si te lo responden negativamente o constituis silencio podés iniciar la demanda, saludos
Ya metí el reclamo, gracias!
 #953694  por diegoignacio
 
PERO NO SE LE VENCIO EL PLAZO YA QUE UD TIENE DOS AÑOS PARA EJERCER LA ACCION, MAS ALLA DE QUE LA NOTIFICACION ES EL PUNTO DE PARTIDA DE LA PRESCRIPCION Y NO LA FECHA DE INICIO DEL RECLAMO, POR ELLO UD DEBE COMENZAR A CONTAR DESDE QUE TOMO CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACION. aHORA PUEDE HABERSE VENCIDO EL PLAZO PARA RECURRIR PERO NO ASI PARA UNA ACCION POR RECONOCIMIENTO DE DERECHO EN SEDE ADMINISTARTIVA
 #956154  por lucky
 
Perdón que retome el tema, pero tengo un caso relacionado con el título del post, y tengo la misma duda. Estuve leyendo autores y no me queda claro.
Caso de reclamo laboral contra la CABA: hay resolución denegatoria del reclamo.
Me llega el caso estando ya vencido el plazo de 90 días para presentar la demanda.

¿Puedo presentar un nuevo reclamo administrativo para "resucitar" el tema y generar una nueva denegatoria con un nuevo plazo para demandar?.

Mi única experiencia es con ANSES y allí sí se puede (en todo caso se pierden los períodos que prescribieron).

Pero no sé en un reclamo laboral contra el GCBA (reitero que se trata de derechos laborales que son irrenunciables).

Gracias!!.
 #956280  por juancapa
 
Hay varios fallos de la CSJN ("Gorordo" es uno de ellos) donde se trata la cuestión; generalmente ha sido resuelta en forma negativa. Igual, si te vuelven a contestar el reclamo sin invocar que hay cosa juzgada administrativa, entiendo que podrías meter la demanda igual. Si te rechazan el reclamo aduciendo que hay cosa juzgada administrativa, podés intentarlo judicialmente aduciendo la irrenunciabilidad de los derechos labroales
 #956293  por lucky
 
Gracia, juan. Me "colgué" de tu tema porque ví que eran similares. La idea, en principio, era proceder de la forma que indicás en tu respuesta. Pero al ver tu post, quería esclarecer algunas dudas sobre el tema.