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  • EMBARGO DE SUELDOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #954581  por MICK
 
TENGO QUE EMBARGAR UN SUELDO PARA EJECUTAR MI HONORARIO, EL TEMA ES SL SIGUIENTE ; SI LA PERSONA YA TIENE UN EMBARGO POR CUOTA ALIMENTARIA , PUEDO EMBARGARLO MAS ALLA DEL 20 % O LA CUOTA NO SE TOMA EN CUENTA? SI NO PUEDO EMBARGAR NUNCA PODRE COBRAR PORQUE ESE PORCENTAJE DEL SUELDO SE PACTO EN UNA AUDIENCIA
 #956746  por MIGUELEX
 
Buenas...
Creo que es tarde ya mi respuesta, pero capaz ayude a alguien mas. Trabajo en embargo de haberes en forma publica y si conseguis que en la sentencia figure los honorarios como caracter alimentario puede pasarse el tope del 20% que tienen los ejecutivos.
Para cuestiones de Alimentos no hay tope para ejecutivos si.