Hola. El trabajador es un instructor de spinning k daba clases en un gimnasio..al interponer demanda invoca el CCT de UTEDyC... Cuando según creo yo, debió invocar el CCT 467/06 que me parece que es el específico...dado que el de UTEyC se aplica para club y/o asociaciones...
En este caso..uds creen k daba el juez puede suplir el error del abogado y aplicar el que corresponde?? O debiera rechazar la demanda??
Espero su respuesta..gracias
En este caso..uds creen k daba el juez puede suplir el error del abogado y aplicar el que corresponde?? O debiera rechazar la demanda??
Espero su respuesta..gracias