Colegas:
El motivo de este post no se debe precisamente a los principios del derecho laboral, sino a "los principios que tiene uno como profesional". Mientras cursaba mis estudios un profesor expresó en clase: "para esta profesión, no hay que tener corazón". Hoy pienso (en algunos casos, vale aclarar), que mi querido profesor algo de razón tiene.
Después de iniciar el intercambio telegráfico contra el empleador (mi cliente, chofer de una combi de servicios escolares que trabajaba en negro hace 2 años), unos días antes de la fecha de audiencia del ministerio del trabajo en provincia, se comunica el abogado del empleador manifestándome que éste sufrió un infarto y que se encontraba internado en terapia intensiva. Días después, tengo una charla con su mujer, en la que me cuenta llorando que no disponen de dinero para poder llegar a un acuerdo conciliatorio (le llegamos a bajar hasta el 80% de la liquidación). Se nota, que el empleador es un buen tipo y un comerciante que la lucha, y no un empresario que por "piola" no registra a sus empleados. Eso es lo que me lleva a pensar si seguir con el caso o no, ya que al iniciar demanda cuando lo notifiquen vuelva tener otro paro cardíaco (y de éste no zafe), o tener que llegar a embargar su vehículo para cobrar la indemnización. Distinto sería el caso, como antes mencioné, del empleador que se "caga" en los trabajadores, como por ejemplo, los que emplean a extranjeros en situación migratoria irregular o los que los obligan a jornadas laborales de más de 12 hs,, etc.... (contra ellos: demanda directa)
Espero colegas, como siempre me orientan en mis consultas jurídicas, esta vez también puedan dejar su opinión.
Saludos a todos!!!!
El motivo de este post no se debe precisamente a los principios del derecho laboral, sino a "los principios que tiene uno como profesional". Mientras cursaba mis estudios un profesor expresó en clase: "para esta profesión, no hay que tener corazón". Hoy pienso (en algunos casos, vale aclarar), que mi querido profesor algo de razón tiene.
Después de iniciar el intercambio telegráfico contra el empleador (mi cliente, chofer de una combi de servicios escolares que trabajaba en negro hace 2 años), unos días antes de la fecha de audiencia del ministerio del trabajo en provincia, se comunica el abogado del empleador manifestándome que éste sufrió un infarto y que se encontraba internado en terapia intensiva. Días después, tengo una charla con su mujer, en la que me cuenta llorando que no disponen de dinero para poder llegar a un acuerdo conciliatorio (le llegamos a bajar hasta el 80% de la liquidación). Se nota, que el empleador es un buen tipo y un comerciante que la lucha, y no un empresario que por "piola" no registra a sus empleados. Eso es lo que me lleva a pensar si seguir con el caso o no, ya que al iniciar demanda cuando lo notifiquen vuelva tener otro paro cardíaco (y de éste no zafe), o tener que llegar a embargar su vehículo para cobrar la indemnización. Distinto sería el caso, como antes mencioné, del empleador que se "caga" en los trabajadores, como por ejemplo, los que emplean a extranjeros en situación migratoria irregular o los que los obligan a jornadas laborales de más de 12 hs,, etc.... (contra ellos: demanda directa)
Espero colegas, como siempre me orientan en mis consultas jurídicas, esta vez también puedan dejar su opinión.
Saludos a todos!!!!