Hola gente, queria hacerles esta consulta. Mi cliente tiene deuda por expensas, no fue notificada aun pero sabemos que se inicio ejecuciòn. Se acerco al estudio con varias cartas documento en donde pone a disposiciòn del administrador los montos adeudados (que no recibió en el domicilio correspondiente ni retiro del correo), porque segun sus palabras no quiso aceptarle el dinero en su momento y como hay deuda tampoco quiere aceptarle las expensas actuales. Quiere allanarse al pago. Mi pregunta es, independientemente de que discuta los intereses que son una barbaridad, cuando me presento, solicito que se abra cuenta judicial para consignar el monto reclamado (con mas el porcentual establecido prima facie para responder a costos y costas)? -No hay cuenta abierta a nombre del consorcio donde se pueda realizar-....
Por otra parte, puedo en el mismo expediente, ir depositando las expensas que el administrador se niega a recibir?
Por otra parte, puedo en el mismo expediente, ir depositando las expensas que el administrador se niega a recibir?
