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  • Rebeldia computo de plazo en ds y ps

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 #959116  por Summers
 
Colegas tengo un interrogante y quiero saber si estoy en lo cierto: es un daños y perjuicios que tramita en provincia, son dos demandados (un matrimonio, viven juntos) el oficial paso el 24/4 para notificar al hombre demandado, atiende la mujer y dice que por motivos personales no se encuentra, pero que ellos alli es que se domicilian, por lo que pasa al otro dia el oficial 25/4 y la mujer recibe las cedulas, se da fecha de salida el 26/4 que paso a oficina de mandamientos y notificaciones. Mi pregunta es a partir del 26/4 es cuando comienzan a correr los 15 dias del 337 del CPCC verdad? Si es asi, el viernes 17/5 vence en las 4 primeras, no?

Gracias!!!
 #959206  por Summers
 
santiheladero escribió:Como contaste los 15 dias?
A partir del dia siguiente en que la mujer recibio la cedula (la recibio el 25, el 26 comence a contar el plazo, obvio dias habiles, inclusive las 4 primeras de este viernes 17).

Mi pregunta es si esta bien hecho el computo.
 #959207  por Summers
 
soni1000 escribió:para mi los dias comienzan a contarse desde que recibe la cedula y obvio en dias habiles
Gracias por tu respuesta...pero no es que el plazo se computa a partir del dia siguiente al de la recepcion y no el mismo dia que se recibe la cedula?
 #959341  por Summers
 
santiheladero escribió:Perdon, nunca cuentes plazos con el calendario del windows...
si es el 17 y corre desde el 26.
Muchas gracias! :P De todas maneras ya me contestaron la demanda, vamos a ver que pasa.

Pd, el plazo lo conte con el almanaque comun y corriente es la mejor manera y hacer circulitos en los dias...al menos hago asi :lol: