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  • Alta médica !! de médico personal o médico laboral? Cuál ?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #961647  por Saac
 
Buenas soy de argentina en capital federal, estoy en 3er año de derecho y me toco un caso de un amigo y quería asesorarlo un poco, resulta que en su trabajo de portero de edificio el administrador hace todo lo posible por que renuncie voluntariamente o generarle condiciones para apercibirlo. Resulta que en una operación controlada y no de riesgo alto que tomo 21 días de licencia y terminado ese periodo y ya con su alta médico por parte de su cirujano de confianza que primeramente le requirieron resulta que no es suficiente y ahora le obligan a realizar exámenes médicos sangre orina rayos y demás en la medicina laboral y que sin ellos y sus resultados no puede retomar trabajar habitualmente.
En consecuencia desde q ya tiene el alta medica del cirujano que lo trato en todo momento no le permiten ingresar a su trabajo ya que hay en su lugar un suplente realizando su trabajo a media jornada. Ellos exponen que el médico laboral da el alta definitiva y ni el médico de confianza en este caso prestadora privada Galeno esta apto para dar alta médica.
Entiendo que la medicina laboral es sólo para controles y exámenes periódicos obligatorios y no pueden impedir o invalidar la firma y sello de el médico cirujano que es el que lo opero y lo controlo en esos 21 días. Es así o me equivoco? O hay algo más a tener en cuenta ? . Saludos y gracias.
 #961683  por Avolio
 
Si tiene el alta medica de su medico, debe notificar al empleador y reclamar la dación de tareas.
Va a tener que ir a ver a un abogado laboral.
el medico laboral controla, pero puede opinar distinto, en ese caso, puede incluso hacerse una junta medica.
En caso de que haya buena fe. porque generalmente el medico laboral dice lo que el empleador quiere.
Y habrá que ver que tareas hace y de que fue la cirugía y cuanto tiempo hace que se la hizo. Para saber si el alta del medico de el, realmente significa que este apto para sus tareas. o si be dar tareas livianas. etc.
 #961757  por pepecurdele
 
a ver dos cuestiones en torno a la legislacion vigente: si el medico de confianza le dio el alta, ya esta, debe notificar al empleador de ello y en todo caso si no le da<tareas intimar a la dacion bajo apercibimiento de considerarse despedido. La otra practica y de sentido comun, si solo uso 21 dias de licencia le quedan 2 meses y nueve dias de licencia paga, ¿asi que para que quiere volver a trabajar si la empleadora le dice que no y le sigue pagando los haberes?
 #961764  por ods
 
pepecurdele escribió:a ver dos cuestiones en torno a la legislacion vigente: si el medico de confianza le dio el alta, ya esta, debe notificar al empleador de ello y en todo caso si no le da<tareas intimar a la dacion bajo apercibimiento de considerarse despedido. La otra practica y de sentido comun, si solo uso 21 dias de licencia le quedan 2 meses y nueve dias de licencia paga, ¿asi que para que quiere volver a trabajar si la empleadora le dice que no y le sigue pagando los haberes?
Un maestro!!
Agrego que los examenes médicos son una facultad del empleador y que no puede negarse a realizarlos.
De todas formas no es excusa para que le otorgue tareas
 #961788  por Saac
 
Finalmente el médico laboral también le otorgo el "alta médica laboral" y adjunto y menciono sobre el alta médica del cirujano de confianza. En este sentido el empleador no tuvo más remedio que aceptar ese documento ya que es lo que exigió para que retome su trabajo. Ahora mi consulta es: si el portero puede accionar legalmente, ya que el administrador le envío una nota donde dice muy claro que el médico laboral es el que finalmente da el ALTA FEDINITIVA y de no realizarse ese control, al día siguiente de la nota, se lo declara en rebeldía y desde ese momento en adelante no se le reconocera los días de licencia hasta en tanto no se realize el examen de control medico laboral.
Ahora , también veo un agravante el la citacion del médico laboral donde figura que mi cliente tiene q presentarse y realizarse esos exámenes de control, sangre orina, rayos y demás en PLENO PERIODO DE REPOSO (21 dias) dictado por el médico cirujano.
Les comento que el administrador quiere que renuncie voluntariamente ya que tiene 8 años de. antigüedad y siempre que tiene la oportunidad ya sea en sueldo, fechas de pago, maltrato verbal, tareas fuera de sus funciones.etc.
Mi cliente solo quiere trabajar: " trankilo y que todo lo q el administrador haga mal o fuera de la ley lo pague o se lo condene"

Saludos y gracias!!!
 #961818  por ods
 
ya con el alta puede intimar para que le otorguen tareas, yo intimaría por los días que no lo dejaron trabajar en el tiempo que medio entre el alta del cirujano particular y el alta del médico del consorcio, todo bajo apercibimiento de despido.
 #961840  por Saac
 
Podría intimar el lunes, ya el trabajando Y sin notificación de entrega de alta médica del cirujano de confianza?? Ya qué sólo lo mostró a los propietarios y dejo fotocopia al administrador ??
Quisiera dejar presedente de que no le permitieron trabajar esos tres días y le quisieron hacer firmar esa nota amenazante de declararlo en rebeldía, siendo que el ya tenía un documento tan válido o más que el mismo alta médica laboral.
((Mi cliente temía que en los resultados del médico laboral le encontrarán algún problema para retomar su trabajo y como en su puesto ya tenían a un suplente en los día que le prometieron volver temió estar en peligro su trabajo.))
Entiendo que el art 210 de lct lo obliga presentarse a los exámenes de control laboral por parte de la patronal. Pero nunca lo condiciona para retomar sus funciones habituales. Con alta médica de médico de cirujano de confianza donde dice: "se encuentra dado de alta con fecha tal y puede retomar sus funciones y tareas habituales"
 #961861  por pepecurdele
 
ahora unas preguntas ¿volvio a trabajar? ¿le pagaron los dias de licencia? ya que si volvio a trabajar y le pagaron todos los dias de licencia
¿donde esta el problema o la injuria que impida la prosecucion del vinculo laboral?
 #961862  por Saac
 
Aún no le dan el recibo de sueldo del mes donde estuvo con licencia el último q tiene es de marzo lo trataron entre el 24 de abril hasta el 24 de mayo. Tampoco le dan del mes de abril ya pagado. Y no puede ver el detalle pero si bajo su sueldo con respecto a marzo.
 #961919  por adessoma
 
Saac: Coincido con lo que señala pepecurdele, en el sentido de que aún no tiene materia para agraviarse. Tené en cuenta que nuestra legislación no regula el daño en potencial (es decir, reclamar por lo que podría haber ocurrido, pero finalmente no ocurrió).
Para tranquilidad de tu cliente, te informo que los encargados de edificios tienen la ESTABILIDAD PROPIA cuando han trabajado más de 60 días. Leé el Estatuto ley 12.981. Su art. 5° dice textualmente: "Las únicas causales de cesantía son condena judicial, abandono de servicio, enfermedad contagiosa y daños a los intereses del principal". Además, el art. 6° dice: "Los empleados y obreros de casas de renta tienen derecho a la estabilidad en el empleo, siempre que tengan una antigüedad mayor de 60 días en el mismo..."
Así de simple. Entonces, para qué preocuparse?
Saludos.
 #962063  por Saac
 
Si entiendo lo que me comentas respecto a la estabilidad de trabajo de los encargados. Pero lo q mi cliente quiere es que no le compliquen el diario de sus funciones ya que como dije antes el administrador busca que el se retire voluntariamente y así perder los beneficios. Esta situación de su licencia es algo muy liviano con respecto a la cantidad actos que le genera para que se canse y renuncie. A tanto llego esto que se enfermó y ya le dictaron los médicos que se relaje o va a terminar mal. Ya tiene todas las complicaciones de sobré estrés hasta lo recomemdaron que piense en visitar a un psicólogo, ya que entro dos veces por urgencia con internación. Es por eso que el quisiera irse de ese trabajo sin perder los beneficios. Yo le dije que es un poco complicado pero se puede siempre y cuando estén los testigos correctos y no los mismos propietarios. Con esto del medico laboral y que no le permitieron trabajar con el alta del medico cirujano ( SE HALLA EN ALTA MEDICA PUEDE REALIZAR TAREAS HABITUALES) y que con una nota donde lo obligaron a hacerse los exámenes de control para retomar su trabajo. Pensé que podía hacer algo como para que tengamos una herramienta clave en los abusos del administrador.
 #962470  por Saac
 
"Se le informa que para obtener su apto laboral debe presentarse en el consultorio médico del XXX ( médico labora) para hacerse los estudios correspondientes y así obtener su alta definitiva, para ello debe presentarse el día xx /xx en la hora xxx en ayunas y primera orina.
Dicho trámite de no efectuarse impedirá su reingreso laboral y también incurrirá en un hecho de rebeldía por el cual será sancionado.
Se deja constancia que usted fue notificado el día XXX para presentarse el día XXX para hacerse el control médico, al cual usted no asistió no habiendo presentado justificativo por este hecho.
Se le recuerda que todos estos trámites deben ser realizados, en caso de negativa se le descontarán los días desde la fecha de hoy hasta su alta definitiva"

ESTA ES LA NOTA CON FIRMA DEL ADMINISTRADOR que quería que le firme el encargado un día antes de la cita al médico laboral al cual tenía que asistir o se lo declararía en rebeldía.

Mi duda es si esta nota tiene algún carácter injurioso o Calumnias u otros, ya que el médico cirujano quien lo atendió antes y después de la operación le edio el alta médica donde dice: " dejo constancia que el paciente xxxxxx xxxxxx se halla en alta médica" con sello y firma matrícula del médico