mbusso escribió:Analice también la posibilidad de una cesión de derechos hereditarios de la viuda hacia el hijo, con reserva de usufructo si así lo desea. Calculo que será menos oneroso (escritura, impuestos a la transmisión de bienes, etc) que una donación post-sucesión.
Perdón, mi respuesta fue incompleta. Si el bien es ganancial no estaría cediendo derechos hereditarios, sino gananciales. Igualmente, la jurisprudencia entiende que el acto de cesión es válido.
http://www.portaldeabogados.com.ar/foro ... hp?t=15157
http://www.portaldeabogados.com.ar/foro ... highlight=
Sucesión - Cesión de herencia
El acto por el cual la viuda cede todos los derechos hereditarios que le corresponden en la sucesión del marido, debe entenderse referido a su parte de los gananciales, si son gananciales todos los bienes relictos.En tal caso la palabra heredero tiene la acepción vulgar de la persona que recibe bienes por muerte de otra. En la interpretación de los contratos no cabe atenerse necesariamente al significado técnico jurídico de las palabras, sino al que la intención de las partes quiso y entendió acordar (art. 1198, párr. 1° del C. Civil), por lo que no es razonable considerar que quien cedió sus derechos otorgó un negocio sin contenido patrimonial alguno -como lo sería en el supuesto de interpretarse que por no ser el supérstite adquirente a título de heredero, nada cedió-. Es bien sabido que en términos vulgares (e incluso utilizados en el foro), la sucesión comprende tanto los derechos que reconocen su fuente en la vocación hereditaria como los que se actualizan por la partición de gananciales.
CCI Art. 1198
CC0002 SI 94281 RSI-854-3 I 18-9-2003 , Juez MALAMUD (SD)
CARATULA: Camerini, Hugi y Camerino, Antonio s/ Sucesión ab intestato
MAG. VOTANTES: Malamud-Krause