A ver si alguien puede orientarme un poco.
El caso es el siguiente
Hay una obra que se empezo a ejecutar sin permiso del GCBA ya que en esa zona no se podia edificar hasta X cantidad de metros.
La empresa constructora quiere entrar a verificar el edificio lindero para constatar que este todo en condiciones para continuar la obra. La Asamblea tomo la decision de no dejarlos entrar a verificar.
En el medio la obra consigue como una excepcion para poder construir en la zona, y siguen adelante.
La cuestion es que uno de los consorcistas esta sufriendo distintos tipos de danos en su propiedad, como ser... Ruidos de maquinas, nubes de polvillo, humedad, ruido de motores de camiones mezcladores, lluvia de piedritas,etc que caen en el balcon de mi cliente, la puerta no le abre bien ahora, etc. Ademas esta estresado y esta tomando ansioliticos por el ruido.
Entiendo que tengo que intimar a la empresa a las reparaciones y demas.
Mi pregunta... es legal que la empresa continue ejecutando la obra sin haber tomado los recaudos necesarios por no poder constatar el edificio lindero? Esto lo pregunto porque ellos lo reconocen en una carta documento que le envian al consorcio.
Alguien tuvo un caso asi o puede aportarme algo sobre este tema?
Muchas gracias
El caso es el siguiente
Hay una obra que se empezo a ejecutar sin permiso del GCBA ya que en esa zona no se podia edificar hasta X cantidad de metros.
La empresa constructora quiere entrar a verificar el edificio lindero para constatar que este todo en condiciones para continuar la obra. La Asamblea tomo la decision de no dejarlos entrar a verificar.
En el medio la obra consigue como una excepcion para poder construir en la zona, y siguen adelante.
La cuestion es que uno de los consorcistas esta sufriendo distintos tipos de danos en su propiedad, como ser... Ruidos de maquinas, nubes de polvillo, humedad, ruido de motores de camiones mezcladores, lluvia de piedritas,etc que caen en el balcon de mi cliente, la puerta no le abre bien ahora, etc. Ademas esta estresado y esta tomando ansioliticos por el ruido.
Entiendo que tengo que intimar a la empresa a las reparaciones y demas.
Mi pregunta... es legal que la empresa continue ejecutando la obra sin haber tomado los recaudos necesarios por no poder constatar el edificio lindero? Esto lo pregunto porque ellos lo reconocen en una carta documento que le envian al consorcio.
Alguien tuvo un caso asi o puede aportarme algo sobre este tema?
Muchas gracias
