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  • tracto abreviado inscripción y tasa de justicia.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #96159  por resipsa
 
Hola. En una sucesión de Capital se dictó declaratoria hace unos 10 años pero no se inscribió. Ahora se quiere vender un inmueble de provincia por tracto abreviado. Pregunta: para venderlo hay que pagar la tasa de justicia correspondiente a los otros bienes de la sucesión o es suficiente hacerlo con el inmueble que se quiere vender. Otra más: en esos casos se inscribe la declaratoria y el inmueble que se quiere vender y los otros inmuebles no?. Muchas gracias.

 #96269  por draclau
 
Hola : solo se paga la tasa del inmueble que se va a vender y por ende se inscribira a nombre de los compradores.