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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #96257  por Maricelf
 
Hola les comento: Antecedentes: hay tres obreros ( padre y dos hijos, uno tiene 17 años y comenzó a trabajr cuando tenia 16 años): El empleador los despide verbalmente a los tres luego de 4 años, 3 años y 1 año respectivamente de antigüedad . EL DESPIDO FUE VERBAL, ESTABAN EN NEGRO Y EL PADRE SUFRIO UN ACCIDENTE MIENTRAS TRABAJABA en Junio del 2007- problemas de columna mientras trabajaba en hormigón.
Pregunta: Yo leí la 22250 y conv. col. y pienso 1) que cada uno intime a la regularización y entrega de libreta. 2) mandar otro Telegra. - cuando me nieguen el anterior- en el cual el se da por despido 3) a su vez en el telegrama del padre - que sufrio el accidente- reclamar por la incapacidad laboral .-
Quiero preguntarles si estoy haciendo bien en pedir primero la regularización ya que el despido fué verbal ????, y si el el telegrama del padre accidentado mientras trabajaba a las ordenes del empleador tendría que poner simplemente que abone indemnizacion por incapacidad sufrida en ocación del trabajo??
Estoy insegura y tengo miedo de meter la pata, mas cuando el telegrama lo tiene que mandar mañana.-
Gracias a todos los que me puedan ayudar
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 #96276  por klaudia7
 
Hola Maricel, tratare de ayudarte, vamos por partes:
1- Que intime c/u por separado, y tambien envía copia a la AFIP y a IERIC.
2- En el 1º TCL YO pondría "...ante despido verbal ocurrido el día xx/xx/xxxx dispuesto por el sr. Fulano Detal..." bla, bla, bla.
3- Con el tema de la incapacidad mmmmm, vos crees que el sr. tiene alguna incapacidad? que fue lo que le paso?

Igual espera mas opiniones de los colegas.
Saludos.
klaudia.

 #96379  por jimena
 
Disculpen que disenta pero no pondria "ante despido verbal", ya que hay jurisprudencia, que entiende que ya estaba disuelto el vinculo al momento de la intimación y te pueden hacer caer la 24013, reclamá junto a la regulación, algo como sueldo impagos, SAC etc. De manera de crear la injuria.

La libreta tampoco la intimes hasta tanto no te des por despedida, ya que la misma se entrega solo una vez disuelto el vinculo. (como el art. 80 LCT)


Saludos

 #96384  por Maricelf
 
Jime, vos estás diciendo que junto con la intimacion reclame por la 24.043?. o estoy entendiendo mal lo que propones.
Si a eso te refería hay jurisprudencia que acepta el reclamo por esa ley, pero aca en santa fe Por lo menos no la encuentro.
La idea con el caso que expuse ante el despido verbal - lo hable con Claudia- es directamente no pedir la regularización sino directamente encararlo que ante el despido verbal etc.
Si te parece otra cosa bienvenida, y gracias.

 #96392  por jimena
 
Aca por la 24013 en construcción (Bs As), rige al menos hay bastante jurisprudencia que la da. Pero bueno, no se en tu pcia. Eso vos dirás.

Si no la están dando, entonces no la reclames, igualmente podes incluir dentro del reclamo por despido verbal salarios y sac, vacaciones etc. ya que igualmente deben abonarlos.

Y acordate que no tiene 245 ni preaviso. Solo te queda la multa por falta de entrega de la libreta que obviamente no te la van a dar.

 #96565  por MORGAN
 
Maricel es correcto lo que dice Jimena, No es conveniente mencionar la palabra despido en el primer telegrama, sino decir que ante la negativas de tareas intimo aclare situación etc., etc. einvolucrar la intimación por la 24013 en el mismo telegrama. La libreta y las multas es cuando se rompió el contrato.
 #96598  por Maricelf
 
Chicos gracias por sus opiniones !!, ahora tengo un panorama mas claro, cualquier cosa vuelvo a solicitar . Besos!11