Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • TRABAJO EN NEGRO- CONTESTAN QUE RENUNCIÓ

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #962675  por cinsonte
 
Estimados colegas: Tengo la siguiente situación y me gustaría saber que opinan.

Trabajador en negro, envía telegrama reclamando todo. La empresa responde que no se le debe nada porque renunció a su trabajo conforme a que previamente envió telegrama de renuncia.

Independientemente de que el telegrama de renuncia cae en razón de que el siguió prestando servicios posterior a su envió. Mi pregunta es la siguiente.
¿No se trata de un reconocimiento expreso de la relación laboral el hecho de dar validez, e intentar defenderse basándose en un telegrama de renuncia cuando el trabajador no estaba registrado?

Mi cliente no niega que haya firmado el telegrama, pues lo hizo a efectos de que le abonaran los haberes que le correspondían, que fue bajo esa condición, pero el principio de primacía de la realidad hecha por tierra tal epistolar.

Ahora voy a contestar dando por despedido a mi cliente, y dejaré constancia de que su intención no es otra cosa que un reconocimiento de la existencia de la relación laboral.

¿ESTOY EN LO CORRECTO?

DESDE YA MUCHAS GRACIAS
 #962681  por agentil
 
Mirá en principio si renunció estás en el horno. Pero como manifestas si luego de ello siguió trabajando un tiempo más podés zafar por el art. 18 de la LCT entendiendo que se restableció el vinculo dado que el empleador lo dejo entrar a trabajar luego de renunciar.

Yo lo encararía por ese lado y de paso aprovecho el reconocimiento que hizo el empleador.

saludos!!
 #963031  por pepecurdele
 
agentil escribió:Mirá en principio si renunció estás en el horno. Pero como manifestas si luego de ello siguió trabajando un tiempo más podés zafar por el art. 18 de la LCT entendiendo que se restableció el vinculo dado que el empleador lo dejo entrar a trabajar luego de renunciar.

Yo lo encararía por ese lado y de paso aprovecho el reconocimiento que hizo el empleador.

saludos!!
pero claro que por supuesto vas a tener que probar fehacientemente y bien que el tipo siguio trabajando despues que remitio el telegrama, sino estas en el horno.
 #963032  por adessoma
 
No, estás complicado. Coincido con agentil.
Sin embargo agrego que bajo ningún punto de vista deberías poner en situación de despido indirecto a un trabajador con la finalidad de que se le reconozca la relación laboral, porque en tal caso, le hiciste perder las multas de la ley 24013 ya que el art. 3°, inc. 1°, Dec. 2721/91 dice que la intimación deberá hacerse estando vigente el vínculo. Por otro lado, la 25323 duplica menos rubros que la 24013.
Respecto de los pocos días que trabajó, si yo fuera abogado de la empresa, lo pongo en blanco y a la semana lo despido dentro del período de prueba.
Un abrazo.
 #963038  por eltam88
 
Te reconocieron la relación de trabajo, si demostrás que luego de la renuncia siguió trabajando, ya está.
Ante la contestación de la empresa podés dar por extinguido el vínculo.
Las multas de la 24013 también las podés reclamar, si hiciste lo que exige tal norma, porque cuándo vos INTIMASTEla relación de trabajo estaba vigente (eso sí debés probar que seguía trabajando, ellos tienen como arma el TCL de renuncia)
 #963313  por cinsonte
 
Muchas Gracias por sus respuestas. La única prueba que tengo son testigos.

Primero intimé a que lo registren y abonen haberes adeudados, pedí todas las multas.

Y es allí donde responden con eso.

Entre los testigos tengo uno que también está en juicio con la empresa, pero que trabajaba en blanco. El resto es gente que lo veía en el lugar o que le llevaba comida.

Esta persona envió el telegrama en junio del 2012, y luego siguió unos meses. Hice el reclamo por todo, hasta hoy inclusive, atento a que no tienen registro.

Le voy a meter para adelante, cualquier recomendación será bien recibida. Desde ya, muchas gracias!
 #963327  por adessoma
 
Felizmente lo que nos contás cambia mucho las cosas. Y para bien de tu cliente. Intimaste registración y mandaste copia a la AFIP antes de ponerlo en situación de despido indirecto. Es así como debe hacerse.
Respecto de testigo que está en juicio con la empresa, el juez podrá apreciar su testimonio de un modo menos convincente, sobre todo si también está en juicio por despido.
Dado que todo se remite a la prueba testimonial, preparalos bien. Te va a ir 10 puntos.
Finalizados los 30 días de notificado el distracto, intimaste por otros dos días a que pongan los certificados a disposición de tu cliente?
Contanos cómo te fue.