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Charlas de café. Hilo social y cualquier tema de interés o entretenimiento.
 #898388  por Tuiti
 
Doncella_de_Orleans escribió:Muchos colegas, mal que nos pese, confunden lo que el cónyuge supérstite retira de la sociedad conyugal cuando muere su socio, el 50%, con herencia. Si solo hay bien ganancial de titularidad del causante, la mitad de ese bien corresponde sea de titularidad exclusiva del supérstite (por obra y gracia del oficio que así lo ordene) por su calidad de socio de la sociedad conyugal. No lo hereda, lo recibe, lo retira, como socio. La otra mitad sí la heredan los hijos, en este caso. Para no complicar el caso supongamos que tiene hijos "nomás" además de la cónyuge.
Gracias estimadísima cólega y amiga por tan BRILLANTE explicación. *leo*
Yo anoche estaba muy cansada y no tenía ganas de explicar más, aunque de haberlo hecho con seguridad no lo hubiese expresado en forma tan clara :!:

Tu post voy a guardarlo así lo pegamos cada vez que preguntan ¿ cómo se heredan los gananciales ?( que debe ser más o menos 3 veces por mes ) 8)

Hola Donce !!! *abrazo*
 #898396  por Tuiti
 
yaninap escribió:
Tuiti escribió:
Y ojo yaninap, si leés algunos posts, hay preguntas que pican cerca.

sí, yo también a veces tengo dudas muy tontas, pero bueno me recibí hace un año con 21 años, hago lo que puedo, y casi trato de no preguntar en el foro, primero por una cuestión de q a veces ciertas preguntas son "tomadas a mal" porq las consideran BURRADAS EXTREMAS (algunos q se olvidan del día que comenzaron a ejercer), otras que tienen razón porque no se pueden preguntar ciertas cosas habiéndose recibido(teóricamente :lol: ), y las consultas del cliente que las transcriben al foro (eso lo veo muuuuuy mal).Mirá, yo no me olvido de cuando empecé a ejercer pero sí considero que hay burradas extremas que NO puede ser que un abogado pregunte porque DEBE saberlo o por lo menos debe tener la vergüenza suficiente para no preguntarlas y agarrar los libros. Nunca (creo) que nadie consideró acá una burrada extrema las preguntas que son sobre cosas prácticas que sólo se aprenden "pateando tribunales" o con años de práctica; pero si preguntas ¿Dice NOTIFÍQUESE, qué hago ? Yo considero que eso NO se puede preguntar, leé el CPCyC y después hablamos

coincido plenamente cuando mencionaban lo de no fomentar la vagancia de los nuevos colegas, como cuando preguntan pavadas o piden modelitos, mínimo avivate que existe GooglePerdón, SAN Google :lol: . o recordá que existen los libros *leo* pero bueno, más allá de todo, el Foro es un lindo espacio para compartir opiniones, sobre todo para leer casos de laboratorio.... y para mandar a los particulares que se meten para pedir asesoramiento online a ver a un Abogado Real jajajajajajajjaja Y ojalá logremos también que el BAR vuelva a ser lo que fue.

*flor*
 #901303  por cardozoandre
 
Haber si repunta el post, solo por que yo como nueva me encuentro con dudas de fondo profundas tipo como me meto en una verificacion tardia, que hago con la causa? etc y no encontras nada mas que un modelito... bueno ahora un mea culpa... modelos pedi una sola vez la prmera y cuando vi lo que era me dio verguenza no haberlo pensado yo desde ese día no volvi a pedirlos, que copadas discuciones sobre estrategias y defensas se podrian generar, desperdicio de cerebros.-
 #901310  por Doncella_de_Orleans
 
Tuiti, dejá, no pegues nada. Que con el nuevo CC, seguro el concubino heredará y excluirá a los ascedientes (a falta de descendientes, claro). Y el perro excluirá a la nuera viuda sin hijos, y la que tenga hijos hará que el nuevo novio herede ya que está, así hay para todos y todas.
 #901328  por Tuiti
 
Doncella_de_Orleans escribió:Tuiti, dejá, no pegues nada. Que con el nuevo CC, seguro el concubino heredará y excluirá a los ascedientes (a falta de descendientes, claro). Y el perro excluirá a la nuera viuda sin hijos, y la que tenga hijos hará que el nuevo novio herede ya que está, así hay para todos y todas.
:lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
Bueno, está bien, no pego nada. 8)
Pero decime si no estaría bien desempolvar un DRAE :mrgreen:
El "haber" me tortura. :evil:
 #901334  por poorlaw
 
Tuiti escribió:
Doncella_de_Orleans escribió:Muchos colegas, mal que nos pese, confunden lo que el cónyuge supérstite retira de la sociedad conyugal cuando muere su socio, el 50%, con herencia. Si solo hay bien ganancial de titularidad del causante, la mitad de ese bien corresponde sea de titularidad exclusiva del supérstite (por obra y gracia del oficio que así lo ordene) por su calidad de socio de la sociedad conyugal. No lo hereda, lo recibe, lo retira, como socio. La otra mitad sí la heredan los hijos, en este caso. Para no complicar el caso supongamos que tiene hijos "nomás" además de la cónyuge.
Gracias estimadísima cólega y amiga por tan BRILLANTE explicación. *leo*
Yo anoche estaba muy cansada y no tenía ganas de explicar más, aunque de haberlo hecho con seguridad no lo hubiese expresado en forma tan clara :!:

Tu post voy a guardarlo así lo pegamos cada vez que preguntan ¿ cómo se heredan los gananciales ?( que debe ser más o menos 3 veces por mes ) 8)

Hola Donce !!! *abrazo*
¿¿¿Cóoooomo??? ¿¿¿La "Patrona", encima es "Socia"??? Ah, noooo, es un abuso, quiero denunciar a mis testigos de casamiento por falso testimonio :lol:
 #901347  por feragus
 
Doncella_de_Orleans escribió:Muchos colegas, mal que nos pese, confunden lo que el cónyuge supérstite retira de la sociedad conyugal cuando muere su socio, el 50%, con herencia. Si solo hay bien ganancial de titularidad del causante, la mitad de ese bien corresponde sea de titularidad exclusiva del supérstite (por obra y gracia del oficio que así lo ordene) por su calidad de socio de la sociedad conyugal. No lo hereda, lo recibe, lo retira, como socio. La otra mitad sí la heredan los hijos, en este caso. Para no complicar el caso supongamos que tiene hijos "nomás" además de la cónyuge.

Es el famoso mito creado por los propios abogados para no explicarles bien a los clientes, de que el cónyuge supérstite recibe la mitad de los bienes, más una porción de la otra mitad como si fuera otro hijo. Yo creo que el caso que dijeron más arriba del abogado que le dijo a la viuda que no heredaba nada, se refería al supuesto de un acervo hereditario conformado solo por bienes gananciales, porque realmente es una respuesta mucho más difícil de dar e incluso menos lógica, decirle a la viuda que no hereda nada.
 #901643  por Doncella_de_Orleans
 
si solo hay bienes gananciales la señora (o el señor) solo "se queda" con lo mismo que si se hubiera divorciado, salvo acuerdo que le atribuya una porción mayor...ese es el momento en que dejan de llorar al finado :lol:
 #957310  por Tuiti
 
Arriba este hilo también :!:
( Ya sé Donce que no hay que abrir el ropero ) 8)
 #957566  por Doncella_de_Orleans
 
Si, ya sabés pero seguís abriendo...
 #957698  por Tuiti
 
Doncella_de_Orleans escribió:Si, ya sabés pero seguís abriendo...
Me encanta revolver ... 8)
 #958022  por norma1980
 
yaninap escribió:una vez un colega recibido en una Universidad Nacional (no digo cual por las dudas) le dijo a su clienta que como viuda no heredaba NADA de su esposo fallecido, solo heredaban los hijos de ambos ajjajaja, me dió verguenza ajena.

?????????????'' no te la puedo creer!!!!!!!!!
 #958023  por norma1980
 
Doncella_de_Orleans escribió:Muchos colegas, mal que nos pese, confunden lo que el cónyuge supérstite retira de la sociedad conyugal cuando muere su socio, el 50%, con herencia. Si solo hay bien ganancial de titularidad del causante, la mitad de ese bien corresponde sea de titularidad exclusiva del supérstite (por obra y gracia del oficio que así lo ordene) por su calidad de socio de la sociedad conyugal. No lo hereda, lo recibe, lo retira, como socio. La otra mitad sí la heredan los hijos, en este caso. Para no complicar el caso supongamos que tiene hijos "nomás" además de la cónyuge.
claro!!
 #963522  por alepiccione
 
Leyendo este post me alarma la falta de modestia y la soberbia de algunos que ni siquiera quiero nombrar pero que escribieron al principio del mismo, alguno por ahí se ha autoproclamado como "PERFECTO" diciendole a otro: "bienvenido al club de los perfectos", me pregunto: qué hiciste para considerarte como tal? qué escribiste? a quién le ganaste? cuanto les falta... recuerdo al leerlos los versos del Martín Fierro: "NINGUNO ME HABLE DE PENAS, POR QUE YO PENANDO VIVO Y NAIDES SE MUESTRE ALTIVO AUNQUE EN EL ESTRIBO ESTE PUES SUELE QUEDARSE A PIE EL GAUCHO MAS ALVERTIDO", cada vez que posteen aca tendrían que recordar esos versos. Yo me pregunto, quienes son ustedes para calificar una pregunta de tonta o no, de inteligente o no???? las preguntas solo son eso, preguntas, y si les molesta "el nivel de las preguntas, pues sencillamente no las contesten, ignórenlas, pero no descalifiquen al que las hizo, el hombre más inteligente del mundo puede resbalar sobre sus propias palabras al igual que el más tonto. Nadie nació sabiendo. A nadie le importa si te hiciste o no en tribunales, todos nos hicimos en tribunales y en la calle, pero nadie anda gritándolo a los cuatro vientos, y para vos, que te creés perfecta... te vuelvo a repetir, te faltan varios kilómetros todavía. Saludos.
 #963549  por Doncella_de_Orleans
 
jajajaja, evidentemente sos de los que hacen el tipo de preguntas que por haberse recibido ya no deberían hacer. Generalmente es por falta de lectura, o falta de comprensión, como en tu caso.
La Bienvenida al Club de los Perfectos fue una ironía, recordando a aquellos, como vos, que para defender la burrada que preguntan se atajan diciendo que "nadie nació sabiendo", que "se hace camino al andar", que "equivandose se aprende", que "la solidaridad de los colegas" y que "nadie nació perfecto".
Los grandes juristas esos que escribieron los libros que no leen, esos cuyos libros se editan en tapa dura, en varios tomos, que se venden en cuotas, esos que te llenan un estante de la biblioteca, esos, no creo que se hayan tomado la profesión tan liviana como ahora lo hacen los que preguntan idioteces, claro, no había internet...por ahí les hubiera resultado más sencillo, no? Ah! estudiaban también derecho comparado, construían, no repetían, por eso podemos contar con diversos criterios sobre el mismo tema, quisiera ver cuántos de los que aquí postean recurren al derecho comparado en sus escritos (y no me salgas con que sólo se refieren a la ley vigente en la república argentina, porque de obviedades ya estoy podrida, pero tampoco lo vas a entender). Y no voy a decir qué considero una estupidez y qué considero una pregunta razonable (por falta de experiencia, etc.) porque ya lo dije mil veces y no me interesa repetirtelo porque no lo vas a entender, como no entendiste la ironía. Por supuesto que no soy perfecta, no soy más que una de los tantos miles de abogados que hay en este país, pero estudio mucho, por diversas razones, una de ellas (la que debería motivarlos a estudiar, por lo menos) es no pasar papelones.