Hola colegas!!! tengo un par de dudas y queria saber si algno de uds me puede orientar:
Yo ya intime por telegrama la entrega d elos certif art.80
1) los certif del art.80 si o si los debo aceptar en seclo... si no hay arreglo y decido no aceptarlos... me corresponden las multas en sede judicial? o se caen?
2) si no acepto los certif art.80 en seclo (por mas que me los ofrezcan) puedo reclamar en sede judicial? o las multas se caen porque el empleador puso a disposicion de mi cleinte los certificados..
3) si el seclo se realiza a los meses y el empleador viene (super vencido el plazo ) con los certificados con intencion de no pagarme el art.80, yo los acepto...pero no abona en seclo la multa. igual puedo reclamar por la entrega fuera de termino en sede judicial?
Muchas gracias
Yo ya intime por telegrama la entrega d elos certif art.80
1) los certif del art.80 si o si los debo aceptar en seclo... si no hay arreglo y decido no aceptarlos... me corresponden las multas en sede judicial? o se caen?
2) si no acepto los certif art.80 en seclo (por mas que me los ofrezcan) puedo reclamar en sede judicial? o las multas se caen porque el empleador puso a disposicion de mi cleinte los certificados..
3) si el seclo se realiza a los meses y el empleador viene (super vencido el plazo ) con los certificados con intencion de no pagarme el art.80, yo los acepto...pero no abona en seclo la multa. igual puedo reclamar por la entrega fuera de termino en sede judicial?
Muchas gracias
