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Charlas de café. Hilo social y cualquier tema de interés o entretenimiento.
 #964080  por fugitiva
 
Hoy tempranito, mientras estudiaba Sociedades Comerciales para rendir, comentaba en un blog amigo lo primero que se me cruzaba en la cabeza. El post original está acá, pero lo transcribo sin censuras. El vocabulario —así tosco como está— es parte del sentimiento.

Hoy es un día normal en la vida de un estudiante de derecho.

En un rato voy a rendir "Sociedades". Me sé todo el régimen de la Sociedad Anónima y de todo cuanto tipo societario prevé esa maldita ley. Sé todas las opiniones doctrinarias sobre el art. 157 y el art. 274 en materia de responsabilidad de gerentes y directores. Sé todo.

Sin embargo no tengo ni puta idea cómo es una asamblea.

No tengo ni puta idea cómo es una acción nominativa. Si mañana me recibo y me muestran una acción, no la reconozco como tal porque jamás vi una.

No vi jamás una puta constancia de cuenta de acción escritural.

No entiendo el voto acumulativo. ¿Votan levantando la mano? ¿Votan todos a la vez? ¿En una mesa? ¿por mail? ¿Telégrafo?. Sin embargo si me toman un ejercicio lo resuelvo perfecto porque me enseñaron un sistema de pasitos "as easy as 1-2-3" con el que "no le errás en el examen".

No vi jamás una contrato constitutivo. Nunca vi un estatuto o un reglamento.

No tengo ni puta idea cómo es un debenture ni jamás vi un acta de asamblea.

No entiendo en la práctica como mierda funciona el sistema de excedentes repartibles y retornos repartibles no obstante sé explicar de memoria todo lo que Nissen explica sobre ellos, el criterio del art. 42 de la Ley de cooperativas y toda otras chácharas. Pero en el fondo no tengo ni puta idea de qué estoy diciendo.

No tengo ni puta idea cómo es un libro de registro de acciones ni cómo es un libro de asistencia.

Si bien puedo recitar toda la ley de memoria, el 60% o 70% de su contenido no tengo ni puta idea de cómo funciona en la práctica o cómo se representa materialmente.

En fin, un largo etcétera. La lista sigue. Pero debo seguir estudiando de memoria.

Saludos.
La radio está buenísima.


Ahora igual estoy más calmado. Ya rendí. Confío en mi teoría sobre la nota de examen [acá].
-post de un Tal Tomas Marino, que me ha identificado bastante bien-
 #964555  por Tuiti
 
:lol: :lol: :lol:
 #964569  por Tuiti
 
Fugitiva, el post que pego más abajo es de una consulta de este Portal de hace muy pocos días.
Creo que quien pregunta no tiene la menor idea de sociedades.
En el que vos subiste, Tomás Marino planteaba dudas muy razonables por la dificultad de bajar a tierras ciertas cosas muy técnicas.
Lamento si alguien se enoja, pero la solución que plantea demuestra que el título le queda grande porque no tiene el menor concepto; puede ignorar técnicamente como se hace, pero NO tiene el concepto de Disolución y Liquidación social. Le faltó leer una parte de la ley. :evil:

"Hola, buenos dias... veo que es viejo esto, pero tengo una consulta sobre el tema. Mi duda es al revés: mi cliente era persona física y paso a armar una SRL y ahora no puede mantener los gastos de la misma y quiere volver a ser persona física, va a tener solo dos empleados en relación de dependencia. El contador nunca presento nada, solo la inscribió en la IGJ y ahi quedo. Se deja morir la SRL y se vuelve a dar de alta en AFIP o esto puede traer alguna consecuencia"

Es una animalada forística.
 #964649  por Myael
 
Tuti, la animalada foristica como decis vos fue mia. Me hago cargo, obviamente no me dedico a esto e hice el planteo tal cual como me lo consulto el contador.
La forma correcta seria hacer una cancelación de la SRL sin liquidación por inactividad?

Gracias, saludos.
 #964993  por Tuiti
 
Myael escribió:Tuti, la animalada foristica como decis vos fue mia. Me hago cargo, obviamente no me dedico a esto e hice el planteo tal cual como me lo consulto el contador.
La forma correcta seria hacer una cancelación de la SRL sin liquidación por inactividad?

Gracias, saludos.
ACLARO A TODOS ---> Ya sé que estoy en el Bar y éste no es el lugar en el que debo contestar seriamente, pero nobleza obliga.

Myael, bien. Vos te hacés cargo de tu pregunta y yo me hago cargo también de haberlo considerado una animalada forística ( tal cual el nombre de otro hilo ), pero bueno, así lo creo. :roll:
La respuesta a tu pregunta, la tenés en la misma ley de Sociedades Comerciales ( Art. 94 y Sección XIII- Liquidación ).
¿ Realmente el CPN te consultó de esta manera ?
1º consejo ---> Que tu cliente cambie urgente de CPN.( Y me recontra hago cargo de lo que digo )
La AFIP , si sigue sin presentar nada, antes " que muera la SRL :arrow: la hará puré "
En lineas generales, mi opinión es que debe presentar todos los balances y DDJJ impositivas desde la formación hasta la fecha en que se haga la asamblea que apruebe la disolución y luego disolverla y liquidarla y terminar de hacer las presentaciones correspondientes tanto en AFIP como en la IGJ.
Leé el tema en la ley y si lo googleás hay muchísima bibliografía.
Cualquier cosa, seguimos charlando en D. Tributario.
*flor*
 #965568  por cardozoandre
 
Fuera del tema de Sociedades, es reeeee cierto que por momentos sentís eso cuando estudias, pero lo mejor y peor es que cuando empiezas a ejerces y te llega el primer cliente tiene la sociedad en llamas, ¡Entendes todo lo que sabias!!!, ojo si realmente lo sabias (la memoria por memoria no sirve)
 #967070  por Tuiti
 
cardozoandre escribió:Fuera del tema de Sociedades, es reeeee cierto que por momentos sentís eso cuando estudias, pero lo mejor y peor es que cuando empiezas a ejerces y te llega el primer cliente tiene la sociedad en llamas, ¡Entendes todo lo que sabias!!!, ojo si realmente lo sabias (la memoria por memoria no sirve)
Es muy cierto lo que decís, cuesta bajar a tierra tantos conocimientos teóricos, pero si están :arrow: se puede.