Estimados colegas, ante todo los saludo ya que soy nueva en el foro. Este es mi primer caso y estoy con una duda. Quiero saber si una Sra. Que cobra pensión por fallecimiento de su cónyuge puede jubilarse haciendo moratoria para llegar a los treinta años que necesita de aportes. Espero respuestas y desde ya muchas gracias!
Hola. Si, puede. Pero debe pagar de contado la moratoria.
Saludos