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  • ES FALTA DE ETICA?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #967595  por sog
 
Sin querer y sin intención, mantuve con el empleador de mi cliente (trabajo en negro) un intercambio de mail por una propuesta, no hubo acuerdo. Esos mail demuestran la existencia de la relación laboral, sin embargo me cuestiono si resulta ético incluirlos en la demanda, Uds. que piensan??
 #967606  por sog
 
No lo harías por ética o porque me metería en problemas?
 #967620  por GU
 
Cual es la falta etica? Y si nos ponemos especificos... que es la etica?

Si no existia intervencion de un abogado, no veo problema.

Salutes!
 #967623  por sog
 
El empleador me llamo a mi para ver como arreglábamos el tema y luego de una charla telefónica me pidio que le mandara la liquidación a su correo electrónico, asi lo hice, pero ahora me veo tentado a utilizar ese mail como prueba de la relación.
 #967661  por agentil
 
sog escribió:El empleador me llamo a mi para ver como arreglábamos el tema y luego de una charla telefónica me pidio que le mandara la liquidación a su correo electrónico, asi lo hice, pero ahora me veo tentado a utilizar ese mail como prueba de la relación.
La verdad que tampoco creo que esos mails prueben la relación laboral. Hay que verlos bien.

saludos!!
 #967662  por sog
 
Su respuesta a mi mail: "RECIBI EL MAIL.DESDE YA MUCHAS GRACIAS.ESPERO LLEGAR A UN ACUERDO PRONTO" no es mucho, pero es un indicio
 #967687  por ubafernando
 
No, lo haria. te desconocen el mail y listo, como lo probas, que lo escribio el.-Ademas, el abogado del empleador, te lo toma a mal.-
Si es en negro, con testigos ya lo probas, el mail es irrelevante.-ademas por el renglon que pusiste no reconocio nada.-
yo que se. yo no lo haria.-
 #967688  por gusgus
 
´Normas de Etica Profesional, Colegio de Abogados Bs As:
Art. 39º.- TRATO CON LA CONTRAPARTE Y TESTIGOS. El abogado no debe tener trato directo ni indirecto con la contraparte. Unicamente por intermedio de su abogado deben ser gestionados convenios y transacciones. Cuando el adversario no tenga patrocinante, esté iniciando o no el pleito, y el asunto requiera razonablemente asesoramiento, el abogado debe exigirle de intervención a otro abogado para tratar convenios o transacciones. El abogado puede entrevistar libremente a los testigos de una causa civil o penal en la que intervenga, pero no debe inducirlos por medio alguno a que se aparten de la verdad.
 #967691  por sog
 
Gracias a todos por su colaboración
 #967730  por GU
 
En virtud de lo que puso gusgus, me retracto de lo que dije antes.

La etica y yo no nos llevamos bien.

Salutes!
 #967829  por elnegociador
 
MMM...creo que yo tambien!! :shock: :lol: :lol: