Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Necesito saber cuando un poseedor es calificado!

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #967740  por Irin
 
Hola, el tema es asi, segun el art. 2473 del CC yo considero que un poseedor es calificado cuando tiene dos requisitos cumplidos: anualidad y sin vicios. Ahora bien, el punto es el siguiente.
Si A entra a poseer, hoy 14/06/2013, al 14/06/2014 va a ser un año que entro en posesion, por ende se purgan los vicios y el tipo tiene una posesion no viciosa desde ese dia, pero el segundo requisito para ser calificado es la anualidad, entonces la anualidad, va desde 14/06/2014 a 14/06/2015 o bien le vale el año que estuvo poseyendo desde 2013 hasta 2014?
Alguien que me ayude pleasse!
 #967757  por santiheladero
 
Si un poseedor empieza a poseer sin vicios, cumplido un año, es poseedor anual y no vicioso, por lo que tiene las acciones posesorias para defender su posesion.
Si empezo poseer en forma viciosa ( hurto, abuso de confianza), cumplida un año su posesion es anual, y a partir de ahi adquiere las acciones posesorias. Pero si durante el primer año de posesion esta se viere turbada, siendo poseedor vicioso no la puede defender mediante las acciones posesorias, pero tiene las acciones policiales del art 2490.
 #971793  por geranbir
 
Es poseedor es calificado cuando posee durante un año sin vicios (anual no vicioso). De forma que un poseedor vicioso debe esperar un año para que prescriban las acciones posesorias del titular del derecho real, momento en el que quedan purgado los vicios, y luego otro año más (de posesión no viciosa) para poder usar las acciones posesorias propiamente dichas.