martin- escribió:Hola. estoy en una duda.. tengo un cliente que no le dejan ver el hijo de 6 meses.. no estan casados... le mande carta documento y nada... conviene la denuncia de la 24270 o voy por la via civil y pido fijacion de R. de Visita y alimentos (porque mi cliente le quiere pasar plata)... Gracias
en mi humilde opinion, hay que ver bien el terma en particular, pero creo que el inicio de regimen visitas, en sede civil, es lo mejor conversar todo en las audiencias de mediacion previa, sin necesidad de ir al choque con el tema de la 24270.
A cada dia basta su propio mal.