Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • INTERCAMBIO TELEGRÁFICO. TCL devuelto "Se mudó"

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #968931  por portaldeabogadosjose
 
Hola. Buenas noches.

Les pido por favor alguna recomendación respecto del siguiente "problemita" que estoy teniendo para notificar los telegramas:

Inicié intercambio telegráfico laboral contra una S.A. notificándola en el domicilio donde trabajaba la empleada que es a su vez es el domicilio legal de la mencionada Sociedad.

La empresa se notificó y respondió los primeros telegramas. También recibió el TCL por medio del cual la trabajadora se consideró despedida y la S.A. lo respondió también. Pero los posteriores últimos TCLs volvieron rebotados del correo al domicilio de la trabajadora por la causa “se mudó”. Y efectivamente la S.A. cerró el local en dónde ejercía la actividad comercial y donde trabajaba mi clienta.

Entonces, reenvié los TCLs rebotados al domicilio de la socia gerente de la S.A. y también me volvieron rebotados por la misma causa “se mudó”, siendo que anteriormente la misma socia gerente nos había respondido también el primer TCL desde su domicilio (el primer TCL intimando correcta registración lo enviamos al domicilio legal de la empresa y también al de la socia gerente).

Por ello, me quedaron pendientes de notificar esos TCLs y además tengo que enviarle el de los cert. art 80 LCT porque ya pasaron los 30 días desde que se consideró despedida, pero a esas direcciones el telegrama me va a volver a venir rebotado.

Se están haciendo los “vivos” para no notificarse. Tenía pensado enviar igualmente el TCL intimando según art. 80 LCT para terminar con el intercambio y luego de la devolución iniciar directamente SECLO.
Ustedes qué opinan?

Muchas gracias. Buen fin de semana.

José
 #969169  por leandromagno
 
Buenas tardes. En estos casos no hay una regulación específica legal, pero hay algunos fallos que consideran que si el trabajador envió el telegrama al lugar donde prestaba sus tareas, la notificación es válida. Lo mismo que si el empleador notifica al domicilio real del trabajador denunciado por éste al inicio de la relación laboral.
Saludos para vos.
 #969215  por matias256
 
portaldeabogadosjose escribió:Hola. Buenas noches.

Les pido por favor alguna recomendación respecto del siguiente "problemita" que estoy teniendo para notificar los telegramas:

Inicié intercambio telegráfico laboral contra una S.A. notificándola en el domicilio donde trabajaba la empleada que es a su vez es el domicilio legal de la mencionada Sociedad.

La empresa se notificó y respondió los primeros telegramas. También recibió el TCL por medio del cual la trabajadora se consideró despedida y la S.A. lo respondió también. Pero los posteriores últimos TCLs volvieron rebotados del correo al domicilio de la trabajadora por la causa “se mudó”. Y efectivamente la S.A. cerró el local en dónde ejercía la actividad comercial y donde trabajaba mi clienta.

Entonces, reenvié los TCLs rebotados al domicilio de la socia gerente de la S.A. y también me volvieron rebotados por la misma causa “se mudó”, siendo que anteriormente la misma socia gerente nos había respondido también el primer TCL desde su domicilio (el primer TCL intimando correcta registración lo enviamos al domicilio legal de la empresa y también al de la socia gerente).

Por ello, me quedaron pendientes de notificar esos TCLs y además tengo que enviarle el de los cert. art 80 LCT porque ya pasaron los 30 días desde que se consideró despedida, pero a esas direcciones el telegrama me va a volver a venir rebotado.

Se están haciendo los “vivos” para no notificarse. Tenía pensado enviar igualmente el TCL intimando según art. 80 LCT para terminar con el intercambio y luego de la devolución iniciar directamente SECLO.
Ustedes qué opinan?

Muchas gracias. Buen fin de semana.

José
Hola, comparto la opinión del colega preopinante. Lo que haría yo es ir directamente al SECLO y listo. Pero si no tenés domicilio donde notificar se te va a complicar. No hay manera de averiguar donde se mudó????. Saludos.
 #969618  por Ro2012
 
Me esta pasando lo mismo. Ya mande 5 (cinco) que no reciben con diferentes excusas, siendo que los primeros me los contestaron desde alli. Pedi auditoria en el correo, hable con el jefe de distribucion, y mande a los clientes a conseguir tickets. Estoy en provincia, voy a ver si puede notificar ministerio, sino tribunales.
 #969664  por andresxeneizes
 
pero si la otra parte te lo mando desde ahi estan al horno, porque se toman por notificados esos telegramas, mas si si los tipos siguen teniendo el boliche donde mandas los telegramas.
en los despidos la que hago y sale siempre es mando los telegramas, no los reciben se da el despido, con todo, y a los 30 dias mando el telegrama reclamando los certificados, y no va que ese siempre lo reciben, porque como pasa un mes los demandados suelen tranquilizarse y mas de una vez con ese telegrama del famoso dec 146 logre demostrar que los anteriores fueron bien mandados.