gusgus escribió:si el tema de alimentos es retencion voluntaria, no computa como embargo....gcias
con lo cual el embargo civil es plenamente aplicable en las proporciones de ley, es decir, 20% si duplica el svm, o 10% si no lo duplica....
la retencion no se computa a tales efectos, es decir, no consume salario para calcular embargo