hola colegas pregunto: si el contrato a rescindir no dice nada respecto de la rescisión, y ya ha transcurrido un año y un mes desde la celebracion del mismo y ahora se quiere rescindir .debo notificar con 60 dias de antelación? y se debe pagar el mes en curso mas un mes de indemnizacion es asi? o solo el equivalente a un mes ?
supongamos: notifico la rescision el el 1/7 para hacer entrega el 31/8 . que debo pagar al irme si el mes de agosto lo pago oportunamente?
pregunto esto porque el contrato no dice nada respecto de la rescision.
aguardo sus respuestas .muchas gracias
supongamos: notifico la rescision el el 1/7 para hacer entrega el 31/8 . que debo pagar al irme si el mes de agosto lo pago oportunamente?
pregunto esto porque el contrato no dice nada respecto de la rescision.
aguardo sus respuestas .muchas gracias
