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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #971661  por ampiclari
 
Hola chicos, esta vez la duda es PROCESAL LABORAL, tengo un laboral en donde me notifican de la prueba ofrecida y en la documental instrumental me decretan "traslado a la contraria por seis días": la duda es el juzgado corre ese traslado o lo debo notificar yo como patrocinante de la parte actora? Estoy con el código, pero sigo con la duda. MIl gracias!!!
 #971666  por sanjuanino
 
Como siempre, depende de los codigos de cada jurisdiccion.
En San Juan, y supongo que en la mayoria de los lugares, el traslado lo debe notificar cada parte
 #971740  por karayna
 
EN CAPITAL LO HACE EL JUZGADO...

PERO POR COMO PUSISTE EL AUTO...SIN EL NOTIFIQUESE PARECERIA Q ES POR NOTA...LO CUAL ES RARO EN LABORAL...