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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #972512  por walter_cba
 
Hola tengo un caso de una chica, que nacio en 1954 (58 años actualmente), sus padres murieron en 1995 y 1997, ella y a su hermana (tambien fallecida) le diagnosticaron en el año 1990 ( capaz tambien se encuentre un certificado anterior del año 1986), PSICOSIS DELIRANTE, lo que la incapacita en forma total y permanente, con una incapacidad superior al 66%, mi consulta es, ella puede solicitar aparte de minusvalia, pension derivada de los padres, atento que antes del fallecimiento ella estaba considerada con el certificado medico "incapacitada".
 #972517  por diegomdp
 
si como poder podes no es facil de ganar por el criterio que tiene anses de la dependencia economica y de la ausencia total de recursos para tramitar una pension por hijo con discapacidad, pero es peleable y ganable
 #972531  por alejandra01
 
yo tuve un caso parecido, que al final no hice. Pero la fallecida tenía a cargo a su hija fallecida y cobraba asignaciones en el tiket de cobro..
es lo único que puedo aportarte walter....
saludos.
 #972541  por MARIO1943
 
SI LOS PADRES NO COBRARON LA ASIGNACION POR HIJO INCAPACITADO, COMO DEMUESTRA QUE SUS PADRES LA TENIAN A CARGO, MAS AUN DESPUES DE 17 ANOS, COMO HIZO PARA SOBREVIVIR?, QUIEN LA MANTIENE ACTUALMENTE? ,TAMPOCO DICE SI LA PERSONA INCAPACITADA ES SOLTERA O CASADA?, O SI VIVIA EN EL MISMO DOMICILIO DE LOS PADRES, MUCHOS INTERROGANTES PARA PODER DAR UNA ORIENTACION
 #972549  por diegomdp
 
MARIO1943 escribió:SI LOS PADRES NO COBRARON LA ASIGNACION POR HIJO INCAPACITADO, COMO DEMUESTRA QUE SUS PADRES LA TENIAN A CARGO, MAS AUN DESPUES DE 17 ANOS, COMO HIZO PARA SOBREVIVIR?, QUIEN LA MANTIENE ACTUALMENTE? ,TAMPOCO DICE SI LA PERSONA INCAPACITADA ES SOLTERA O CASADA?, O SI VIVIA EN EL MISMO DOMICILIO DE LOS PADRES, MUCHOS INTERROGANTES PARA PODER DAR UNA ORIENTACION
vos no tenes que cobrar la asignacion por hijo con discapacidad para demostrar dependencia economica, y tampoco tiene nada que ver como se mantuvo hasta la actualidad, la dependencia economica se acredita conforme los terminos del decreto 143/2001, incluso hay mucha ley reciente que se puede invocar en funcion de proteger los derechos de los discapacitados si tenes que terminar en sede judicial, pero yendo a lo extrictamente previsional, hayq ue acreditar dependencia economica conforme al decreto antes citado, el problema no es demostar dependencia economica, que podria lograrse el problema es que anses entiende que la persona tiene que estar carente de todo otro recurso que no puede tener ningun ingreso, ahi radica el meollo de la cuestion, auqnue es posible ganarlo en sede administrativa es bastante complicado.

el tema del estado civil eso si es importante porque en base a ese dato mas la fecha de fallecimiento de los padres podremos darnos una idea de que ley es la aplicable para determinar el derecho
 #972803  por walter_cba
 
hola la sra. es soltera, vive en el domicilio, donde vivian sus padres, esa casa esta en muy malas condiciones, con los servicios cortados y debe todo tipo de impuestos y servicios desde 1 año posterior al fallecimiento de sus padres. desde el fallecimiento de sus padres, es ayudada por vecinos que le brindan comida.
 #972826  por MARIO1943
 
walter_cba escribió:hola la sra. es soltera, vive en el domicilio, donde vivian sus padres, esa casa esta en muy malas condiciones, con los servicios cortados y debe todo tipo de impuestos y servicios desde 1 año posterior al fallecimiento de sus padres. desde el fallecimiento de sus padres, es ayudada por vecinos que le brindan comida.
TENES PRUEBAS SUFICIENTES, PARA DEMOSTRAR EL DESEQUILIBRIO ECONOMICO QUE LE HA CAUSADO LA AUSENCIA DE SU PROGENITOR, ADJUNTA A LA MISMA LO SERVICIOS CORTADOS Y LA DEUDA OCACIONADA, ADEMAS TENES D E TESTIGOS A LOS VECINOS QUE SON LA QUE LA ESTAN ALIMENTANDO A LA FECHA, REUNE TODOS LOS REQUISITOS PARA DEMOSTRAR QUE ESTABA A CARGO DE SUS PADRES Y EL ESTADO D E INDIGENCIA QUE SE ENCUENTRA
 #972916  por MARIO1943
 
HAY VARIOS FALLOS AL RESPECTO, TE ADJUNTO UNO QUE MAS SE ADAPATRIA A TU CASO, SI BIEN ES CIERTO EL FALLO DICE QUE NO ES NECESARIO LLEGAR A LA INDIGENCIA, PARA QUE EL BENEFICIO SEA PRECEDENTE, PERO SI LLEGA A TAL ESTADO, MEJOR TODAVIA Y ES MAS QUE SUFICIENTE PARA ENTEDER QUE E STUVO A CARGO DE LOS PADRES FALLECIDO, POR ESO ES MUY IMPORTANTE EL APORTE D E LOS VECINOS QUE HASTA LA FECHA LO ESTAN MANTENIENDO YA QUE CON ESO DEMUESTRA LA INSUFICIENCIA DE RECURSOS PROPIOS, SUMADO A ESO LA DEUDA QUE TIENE Y LOS CORTES DE SERVICIOS Y EL ESTADO COMO VIVE EN SU CASA EN UN ESTADO DE INDIGENCIA TOTAL

La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social en sentencia del 30 de junio de 1998, recaída en autos "Chamorro, Adhelma c/ANSeS" determinó que no es óbice para acceder a la pensión el hecho de estar afiliada a un régimen previsional (cfr. CSJN - 31/5/1995, "Ventavoli, Josefa Angélica"). Además, debe tenerse presente que la legislación previsional no requiere el estado de indigencia para que el beneficio sea procedente, pues basta la demostración de la insuficiencia de los recursos propios en orden a la subsistencia de la beneficiaria (Fallos - T. 205 - pág. 544; T. 227 - pág. 55), ya que se entiende que el derechohabiente estuvo a cargo del causante cuando concurren en aquél un estado de necesidad revelado por la escasez o la carencia de recursos personales, y la falta de contribución importa un desequilibrio esencial en su economía particula
 #973203  por monalisa
 
Muy buena toda la info aportada por los colegas en este post... felcitaciones!