Buenas gente, tenía otro ID de Usuario en el foro pero la verdad es que hace tanto no entro que me cree uno nuevo
La consulta es la siguiente, tengo un cliente trabajando para una empresa de Software, y lo hicieron registrarse como monotributista y les factura todos los meses, típico caso. La cosa es que mandamos intimación a regularización, bajo los terminos de la 24013, Art. 8 como una relación en negro (un colega me recomendó directamente omitir la relación de locación de servicios por una cuestión estratégica). Además de eso, por el Art. 1201 del Código Civil, notifico retención de tareas.
Expiden rta y dicen que efectivamente van a regularizar y blanquear al empleado, lo que me toma de sorpresa por que por lo general estoy acostumbrado a que bajo estas circunstancias el empleador directamente desconozca la relación de dependencia y generalmente se procede con la demanda.
Lo que me genera duda es lo siguiente, el sueldo que va a apercibir finalmente mi cliente, cuál va a ser? A él le "pagaban" 10mil y él se debía pagar el monotributo, que por los montos le correspondía categoría G y pagaba 807 y en mano le quedaban 9193. Es eso lo que debería apercibir neto, luego de la regularización? o los 10mil pasan a ser el monto bruto y de ellos se descontarán los aportes de un empleado en blanco... De ser así le quedaría menos plata, obviamente, en mano.
Busqué en varios lados y no pude encontrar una ley, art, que hable al respecto. ¿Me podrían dar una mano con esto?
Gracias.

La consulta es la siguiente, tengo un cliente trabajando para una empresa de Software, y lo hicieron registrarse como monotributista y les factura todos los meses, típico caso. La cosa es que mandamos intimación a regularización, bajo los terminos de la 24013, Art. 8 como una relación en negro (un colega me recomendó directamente omitir la relación de locación de servicios por una cuestión estratégica). Además de eso, por el Art. 1201 del Código Civil, notifico retención de tareas.
Expiden rta y dicen que efectivamente van a regularizar y blanquear al empleado, lo que me toma de sorpresa por que por lo general estoy acostumbrado a que bajo estas circunstancias el empleador directamente desconozca la relación de dependencia y generalmente se procede con la demanda.
Lo que me genera duda es lo siguiente, el sueldo que va a apercibir finalmente mi cliente, cuál va a ser? A él le "pagaban" 10mil y él se debía pagar el monotributo, que por los montos le correspondía categoría G y pagaba 807 y en mano le quedaban 9193. Es eso lo que debería apercibir neto, luego de la regularización? o los 10mil pasan a ser el monto bruto y de ellos se descontarán los aportes de un empleado en blanco... De ser así le quedaría menos plata, obviamente, en mano.
Busqué en varios lados y no pude encontrar una ley, art, que hable al respecto. ¿Me podrían dar una mano con esto?
Gracias.