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  • casa usufructuada por mi hermana

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #975001  por claudiaclau
 
mi tío y mi padre han heredado la casa de mis abuelos hace años... y hace mas de 10 se la dieron a mi hermana para q viva ella y la arregle. ella lleva viviendo con un novio hace 4 años pero yo no he sido tenida en cuenta. Si bien la casa aun esta a nombre de mi tio y padre y mi hermana ha gastado plata en arreglarla: quiero saber si tengo algun derecho, como q ella me pague por mes el alquiler del depo q tengo q pagar porq no tengo donde vivir. Ella está usufructuando un bien q cuando muera mi padre y mi tío sería mío tambien. Pero nunc apude hacer uso. Debe mi hermana pagarme algo por mes por este asunto? o como debe hacerse para q legalmente sea PARA TODOS IGUAL!!????????????? muchas gracias por la ayuda
 #975010  por ebarreyro
 
En realidad, no sabe si la casa será suya cuando fallezcan los dueños. Pueden pasar muchas cosas en el medio, pueden subastar la casa, la pueden vender, pueden sobrevivirla a Ud...
Hoy, la casa es de su tío y de su padre y ellos le dan el uso que quieran. Injusto quizá, pero no antijurídico.
 #975094  por ccolalongo
 
Tal cual te dijeron en vida de los dueños nada se puede hacer, la casa es de ellos y si quieren prestarla a tu hermana o se les ocurre alquilarla a un tercero y gastarse el alquiler en el casino están en su derecho, lo mismo si deciden venderla y gastarse todo el dinero; los dueños hacen lo que quieren con su propiedad mientras vivan.
 #975159  por claudiaclau
 
Gracias por las respuestas. Mi padre me ha dicho que cuando haga la subdivisión (no veo que tenga iniciativa de ahcerla de momento) la mitad la pondrá a nombre mío y de mi hermana.... pero realmente no me sirve tener algo a mi nombre que no puedo usar. Me han dicho que como mi hermana la está usufructuando y yo no, ella debe pagarme como un alquiler de mi parte. Es eso cierto?????
 #975163  por ccolalongo
 
Podrá pagarte un alquiler por tu parte recién el día que un porcentaje de la propiedad sea tuyo no antes, mientras en el informe de dominio diga que la propiedad es de tu padre y tu tío no tenés ningún derecho a nada, ellos como dueños son los únicos que pueden reclamar.
 #975231  por claudiaclau
 
gracias nuevamente por su ayuda... tengo algo más que decir. Es verdad que si no he hace la subdivisión en vida (estando vivos mi tío y mi padre) será muy caro hacerla y tal vez se pierda la propiedad?
 #975241  por ccolalongo
 
Tal como te dijeron consultá con un abogado, pero es lo mismo subdividir (si es que la propiedad lo permite) estando vivos los titulares o no; pueden pasar muchas cosas. Los dueños en vida (tu padre y tu tío) pueden venderla, pueden hacer cualquier cosa y el día que ellos falten -que el órden de muerte no está establecido- esa casa ni siquiera forme parte de la sucesión. Y llegado el caso ellos mueran se abrirá la sucesión, se venderá en subasta pública cada uno recibirá su parte y se terminó.
 #975391  por DRA. MACA
 
Primero: andá al estudio de un abogado para recibir el asesoramiento jurídico, el portal no es asesoramiento gratuito on line como dicen otros colegas y segundo, vos no sos la titular del inmueble por lo tanto no sos legitimada activa para hacer nada, máxime como bien dijeron pueden pasar muchas situaciones en el medio, la cuestión es que vivas tu vida y dejes de mirar lo que hace o no tu hermana.
 #975496  por claudiaclau
 
Nuevamente gracias por sus respuestas.. Seguiré como hasta ahora, indiferente a todo y viviendo alejadamente en un lugar poco agradable que debo alquilar. Mi pregunta fue en realidad porq me han inducido a hacerla ya que mucha gente q me conoce me han dicho que me meta en ésta cuestión. No pretendo ni quedarme con la casa ni los muebles ni nada. Tal vez no lo merezca por eso mi familia decidió que ella se la quede. Gracias por las respuestas de ustedes, profesionales del derecho, y de su tiempo. :lol:
 #975498  por gusgus
 
DRA. MACA escribió:Primero: andá al estudio de un abogado para recibir el asesoramiento jurídico, el portal no es asesoramiento gratuito on line como dicen otros colegas y segundo, vos no sos la titular del inmueble por lo tanto no sos legitimada activa para hacer nada, máxime como bien dijeron pueden pasar muchas situaciones en el medio, la cuestión es que vivas tu vida y dejes de mirar lo que hace o no tu hermana.
Excelente respuesta!!!

Suscribo totalmente!
 #975928  por DRA. MACA
 
gusgus escribió:
DRA. MACA escribió:Primero: andá al estudio de un abogado para recibir el asesoramiento jurídico, el portal no es asesoramiento gratuito on line como dicen otros colegas y segundo, vos no sos la titular del inmueble por lo tanto no sos legitimada activa para hacer nada, máxime como bien dijeron pueden pasar muchas situaciones en el medio, la cuestión es que vivas tu vida y dejes de mirar lo que hace o no tu hermana.
Excelente respuesta!!!

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:mrgreen: Saludos!
 #975944  por BUENOOLGADOMINGA
 
Bien, el tema es asi, tu padre y tu tio son los titulares registrales del bien inmueble que han heredado de tu abuelo, y todo titular de un bien inmueble goza del derecho de dar el destino que ellos decidan, ya sea alquilar, dar en prestamo en forma gratuita y sin dar explicaciones a terceros, hasta podrian celebrar un contrato de donacion gratuita con una renta vitalicia con usufructo a favor de los usufructuantes, ¿esto que significa?, significa que tu hermana podra usufructuar la cosa darla en alquiler si lo desea dado que si se hace una donacion gratuita la nuda propiedad la tendra ella, solo que no podra vender el bien inmueble que le fue donado en forma gratuita, hasta que se muera el ultimo de la cabeza de la renta vitalicia, cuando esto suceda, la donacion gratuita se consolida y ella podra escriturarlo a su nombre.

Alli recien podrias aparecer vos, solicitando se declare la donacion inoficiosa, por haber donado la porcion legitima que te corresponderia como herencia de tu padre, tambien tendrias la accion de colacion, es decir que si consideras que tu hermana tiene en su poder parte de la herencia que te hubiese correspondido es decir tu porcion legitima, puedes pedir que el bien entre en el acervo sucesorio de tu padre para su particion, pero todo ello es un supuesto para el futuro, ojala tu padre tenga larga vida. Respecto a la parte de tu tio ten en cuenta que lo heredaran sus hijos y conyuge si es que los tiene.

En las decisiones que puedan tomar en vida tu padre o tu tio tu eres un tercero, como dijeron mas arriba en uno de los comentarios, ellos pueden hacer lo que quieren con sus bienes, el patrimonio es una atribucion de la personalidad.

Tratandose de tu hermana, roga que no existan en el futuro testamento alguno con un tema de Desheredacion siempre que existan causales para ello hacia vos, y/o posibilidad de interponer accion de indignidad de parte de tu hermana, bueno no me explayo mas porque ese tema es muy largo....¿Sabes porque te digo todo ello?, porque se trata de tu hermana una consanguinea directa tuya, y no de doña Rosa.
 #976108  por DRA. MACA
 
Demasiadas explicaciones, no podemos predecir ni adivinar el futuro, asi que las respuestas que les dieron no sirven, pueden pasar muchas alternativas.