Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA CASACION FALSO TESTIMONIO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #974232  por blueyellow
 
Hoy me notificaron de juzgado instrucción capital federal, que cámara nacional de apelac.crim. y correcc., en un falso testimonio decidió declarar su nulidad y disponer el archivo. La votación fue 2 a 1. En un juicio oral se dispuso el falso testimonio de la presunta víctima, por el cual mi defendido estuvo detenido casi 1 año. En dicho juicio obviamente se dictó su absolución,incluso el fiscal de juicio pidió el falso testimonio y la absolución de mi defendido. Ahora bien, todo pasó a instrucción, mi cliente se presentó como querellante, el fiscal pidió el procesamiento sin prisión preventiva del imputado, lo mismo el juez, y obviamente el defensor oficial apeló. Fuimos a Cámara, se alegó, y perdimos 2 a 1. Mi consulta: puedo ir en Casación, verdad? El camarista que votó en disidencia,me da algún argumento. Aunque es cierto, que veo el tema más como una imputación calumniosa.
Pero quedan pendientes 2 policías, que también fueron por falso testimonio, y que poseen colegas privados para su defensa, los cuales apelaron, y ya me temo,que va a pasar lo mismo.
Qué opinan? Agradeceré comentario. Intentaría la Casación, ya que tengo 10 días a partir de hoy, ayer me notificaron.
 #974293  por hebgani
 
estimado entiendo que si la camara del crimen dispuso el sobreseimiento, dicha resolución debería ser asimilable a definitiva y por lo tanto seria apelable a casacion. saludos.
 #974330  por blueyellow
 
hebgani escribió:estimado entiendo que si la camara del crimen dispuso el sobreseimiento, dicha resolución debería ser asimilable a definitiva y por lo tanto seria apelable a casacion. saludos.
Agradezco mucho la opinión,así también estoy buscando fallos en Casación, porque me temo que a los 2 policías la Sala en Cámara va a hacer lo mismo. Mi cliente que estuvo injustamente casi 1 año detenido, me dice que intentemos por el lado de las calumnias, y por supuesto juicio por daños y perjuicios. Porque el falso testimonio del testigo que además fue víctima del delito, la jurisprudencia está dividida. Y he estado leyendo fallos de policías que a su vez no sólo han sido sobreseídos sino incluso absueltos, en que se habla de confusión en cuanto los hechos. Ahora bien, cuando tomé este caso, me tocó ya cuando estaba para juicio oral. Pero bien pudo en la etapa instrucción, colega que me precedió haber solicitado el falso testimonio del único testigo de cargo, porque realmente hubo serias contradicciones, que en el juicio oral quedaron absolutamente en evidencia, de allí que se le concediera la excarcelación a mi cliente, y luego que hasta el fiscal solicitara su absolución. Espero otras opiniones,y agradezco la tuya.
 #974392  por feragus
 
Si vas por calumnias e invocás los mismos hechos, es más que probable que la defensa te oponga la excepción de cosa juzgada, diciendo que sobre esos hechos ya hay un sobreseimiento firme, si que no lo apelás. No te olvides que el sobreseimiento se dicta sobre hechos y no sobre calificaciones legales, de manera que si hay un sobreseimiento es porque el hecho no constituyó delito para los camaristas.
 #974405  por blueyellow
 
[quote="feragus"]Si vas por calumnias e invocás los mismos hechos, es más que probable que la defensa te oponga la excepción de cosa juzgada, diciendo que sobre esos hechos ya hay un sobreseimiento firme, si que no lo apelás. No te olvides que el sobreseimiento se dicta sobre hechos y no sobre calificaciones legales, de manera que si hay un sobreseimiento es porque el hecho no constituyó delito para los camaristas.[/quote
Clarísimo Feragus, gracias a tí también. Justamente el voto mayoritario le dio la razón al defensor del imputado considerando que la imputación debía ser por calumnias, y no por falso testimonio, en tanto el minoritario consideró que podía el testigo al haber mentido en perjuicio del imputado en causa criminal, y declarar testimonialmente como víctima del suceso sobre el que depuso falsamente, configurar sus dichos el delito de falso testimonio, y citó un fallo de Casación,entendió que la declaración en causa propia o sobre hechos propios, no excluye la calidad de testigo del declarante. Ello también sostuve cuando me citaron y me dieron los 5 min por la querella, además de Donna que comparte ese criterio. Y pedí que se mantuviera la sentencia del a quo.
Es más el juez de instrucción para el procesamiento sin prisión preventiva siguió igual doctrina, pero el defensor apeló, y colorín colorado, creo que esto aún no está terminado. Ok?
 #974426  por blueyellow
 
Interpongo recurso de casación ante el Juzgado de Instrucción que me notificó la decisión de Alzada, verdad? Y por otra parte, la notificación ha sido durante la feria, de cualquier forma lo presentó el viernes de la semana que viene. Qué les parece?
 #974486  por feragus
 
El recurso de casación se interpone ante quien dictó la resolución que recurrís, es decir la Cámara. Es raro, vos no dijiste que tuviste audiencia oral en la Alzada? No te notificaron después de la audiencia la resolución?
 #974561  por blueyellow
 
feragus escribió:El recurso de casación se interpone ante quien dictó la resolución que recurrís, es decir la Cámara. Es raro, vos no dijiste que tuviste audiencia oral en la Alzada? No te notificaron después de la audiencia la resolución?
Estimado Feragus, todo fue así: TOC envía a sorteo para investigar el falso testimonio, por cámara de viamonte averiguo en que juzgado de instrucción recayó el sorteo, y mi cliente se presenta como querellante. Se dicta el procesamiento sin prisión preventiva, que apela la defensa del imputado. De la ujiería de Sala sorteada en Cámara, me notifican del día de la audiencia. Ahí, pedimos con mi cliente la extracción de fotocopias para conocer los fundamentos de la defensa del imputado. Y concurrimos a la Audiencia fijada con los camarista de Sala. Y lo de rigor, habla primero el defensor, luego nosotros la querella, nos hacen 2 preguntas, piden la remisión de toda la causa (ya que también hay 2 policías que el TOC envía por falso testimonio),y ahora el 8 de julio recibo cédula del juzgado de instrucción con la resolución de tómese razón de lo resuelto por el Superior y notifíquese urgente a las partes. En la resolución de la Sala, se declara la nulidad de los autos principales y se dispone el archivo en cuanto a la imputación (del civil) por cuanto no se puede proceder. Por el voto mayoritario que en los fundamentos considera que le puede caber una imputación a título de calumnia, y el disidente como lo comenté en post anterior. Antes de la feria cuando pasé por la Sala, me dijeron que todavía estaba todo a estudio, y en el juzgado me anticiparon que la defensa de los policías también habían apelado por su parte el procesamiento, y durante la feria recibí de la misma Sala, fecha de audiencia por la apelación de la defensa de ellos, para el mes de agosto. O sea que seguramente, ahora el expediente debe estar todo nuevamente en la Sala de Viamonte. Pero la cédula la recibí del juzgado de instrucción,de ahí mi duda.
 #974563  por blueyellow
 
Perdón,olvidaba esto, en ningún momento del juzgado de instrucción me notificaron que apelaba la defensa, ni del civil, ni de los 2 policías, sólo me llaman de ujiería para que pase y me notifique de la fecha de audiencia en la Sala(así me pasó con la del post que comento), y en el caso de los policías, sí recibí el último día hábil antes de la feria cédula de la Sala notificando la fecha de audiencia para fines de agosto. Acabo de constatarlo, sólo recibo la del juzgado de instrucción notificando lo resuelto por el superior con respecto al civil el 8 de julio. Bueno, y ahi toda esta consulta. Mil gracias.
 #974687  por feragus
 
Ahora entendí, en realidad dicen que no se puede proceder porque consideran que es calumnias y solo puede procederse a instancia de parte por tratarse de un delito de acción privada. Entiendo que ese sobreseimiento no causa estado, sino que ha sido dictado a consecuencia de una excepción de falta de acción porque no fue promovida legalmente la acción (fue promovida de oficio, cuando solo podía ser a pedido de la parte damnificada).

Considero que tenés dos vías: presentar el recurso de casación y discutir que se trata del delito de falso testimonio o iniciar una querella por calumnias en un juzgado correccional. La verdad es que, así como me lo contás, da la impresión que fuera un falso testimonio, pero obviamente no debo estar al tanto de todo. Quiénes fueron los jueces de la cámara que intervinieron?
 #974769  por blueyellow
 
feragus escribió:Ahora entendí, en realidad dicen que no se puede proceder porque consideran que es calumnias y solo puede procederse a instancia de parte por tratarse de un delito de acción privada. Entiendo que ese sobreseimiento no causa estado, sino que ha sido dictado a consecuencia de una excepción de falta de acción porque no fue promovida legalmente la acción (fue promovida de oficio, cuando solo podía ser a pedido de la parte damnificada).

Considero que tenés dos vías: presentar el recurso de casación y discutir que se trata del delito de falso testimonio o iniciar una querella por calumnias en un juzgado correccional. La verdad es que, así como me lo contás, da la impresión que fuera un falso testimonio, pero obviamente no debo estar al tanto de todo. Quiénes fueron los jueces de la cámara que intervinieron?
Gracias Feragus, nuevamente. Voy a presentar el recurso de casación ante la Sala, es la Sala VII. Pues ya debe estar el principal con las apelaciones que hizo la defensa de los 2 policías, y seguramente va a llevar la misma suerte que el del civil. El TOC 23 fue el que oportunamente mandó inclusive por pedido del propio fiscal de juicio el Dr. Azzolin, se investigara el delito de falso testimonio tanto del único testigo de cargo como de los 2 policías.
Voy a recurrir todo y pelearlo en Casación. Mi cliente estuvo casi 1 año en Marcos Paz, por una muy mala investigación y ni siquiera profundizada en instrucción, sí es cierto que el colega que me precedió no hizo mucho más.
En todo caso, tengo luego abierta la vía para un juicio correccional pero no es justo.
Y demás está decir un juicio por daños y perjuicios contra todos.
Un joven sin antecedentes,que estudiaba y trabajaba, perdió el trabajo y el estudio. Un abrazo y nuevamente gracias. Espero tu comentario.
 #975040  por marcosc2588
 
Con lo que cuentas nos sentimos todos muy inseguros, te apoyamos, organiza una marcha o algo, que se castigue con todo el peso de la ley los falsos testimonios, no a la justicia por mano propia.
 #975232  por blueyellow
 
dagaboasol escribió:Eramos poco...

Cada uno en su foro(hay foros de analizasmelano???)
I´m sorry analista de sistemas :shock:
Agradezco el apoyo colegas, sigo luchando y seguramente el caso lo haremos público. O es que mi causa no vale? Cuando se contrata a un abogado el problema ya es nuestro. Por lo menos así trabajo yo. Hoy mi cliente tiene 22 años, y lo que perdió sé que no lo recupera más. Cuántos inocentes o perejiles más habrá, y cuántas causas armadas, para dar un nro. que satisfaga las necesidades de una sociedad que ya está harta de tanta inseguridad. Somos todos perejiles de un sistema corrupto que empieza en la Rosada, Rosadita, o qué sé yo. Yo simplemente lucho y seguiré luchando hasta lo último, para eso me quemé las pestañas, abracé esta profesión por una convicción,y por ella seguiré. A los que deciden, ejecutan, legislan, le pagamos el sueldo nosotros todos los días, son funcionarios públicos, nosotros no,peleamos nuestro honorario, hacemos eso honor a nuestro trabajo, quehacer diario, ellos cobran su remuneración a finde o principio de mes. Saben una cosa,cuando alguien me pregunta a qué partido pertenecés? Mi respuesta no se hace esperar: SOY DEL PARTIDO MI LOMO, SI NO LABURO NO COMO.
Perdón por mi léxico, pero estoy con bastante bronca. Mañana puede ser nuestro hijo, sobrino, hermano, nieto, o el de alguno de los camaristas. Pero si sos rubio, blanco, con ojos verdes, y vestís prendas adidas o topper (desde ya truchas) y justamente vas caminando cerca de la 1-11-14 porque te diriges a la casa de tu abuela, no te van a detener y armar la causa,pero como sos morocho,tez mate, ojos marrones, das el perfil.... Pero el testigo civil era blanco, estudiante de derecho en el Instituto de Policía de la calle Rosario (lo que no dijo), y cuando se vio venir el falso testimonio, oh casualidad se fue a vivir al Uruguay, por un trabajo, pero como se presentó conforme a derecho, colorín colorado el procesamiento sin prisión preventiva ha sido revocado.
Y seguramente el de los 2 policías, seguirá el mismo curso.
Pero para mí y mi cliente, que todavía espera justicia, esto no ha terminado.