Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SUCESIÓN Y ESCRITURA CON MANIFESTACIÓN DE CAUSANTE....

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #976125  por lucina
 
Mi inquietud es la siguiente: en una sucesión se llega a declaratoria de herederos (dos hijos y un cónyuge superstite) el patrimonio sucesorio está integrado por un único bien inmueble registrable, respecto de ese bien en la escritura de compra del mismo ( que fue adquirido durante el matrimonio) el cónyuge (hoy causante) manifiesta que adquiere el bien inmueble con el dinero proveniente de la venta de un bien propio, por lo que el nuevo inmueble que se adquiere es de carácter propio y no ganancial, sin embargo en la escritura de compra venta no existe firma del cónyuge tomando conocimiento de la manifestación que efectúa el comprador y ratificando la misma...
Ahora bien en la actualidad los herederos y el cónyuge superestite desean vender el inmueble pero no se ponen de acuerdo sobre si ese inmueble debe ser considerado ganancial o propio del causante y en consecuencia cuánto dinero de la venta del mismo corresponderá percibir a cada uno...
La DH nada dice al respecto solo que al causante le suceden sus hijos como herederos universales sin perjuicio "de lo que la ley le acuerda a su cónyuge a quien se declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, teniendo presente los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales...
Mi pregunta es ¿el bien debe ser considerado ganancial o propio??
 #976137  por maugmg
 
lucina escribió:Mi inquietud es la siguiente: en una sucesión se llega a declaratoria de herederos (dos hijos y un cónyuge superstite) el patrimonio sucesorio está integrado por un único bien inmueble registrable, respecto de ese bien en la escritura de compra del mismo ( que fue adquirido durante el matrimonio) el cónyuge (hoy causante) manifiesta que adquiere el bien inmueble con el dinero proveniente de la venta de un bien propio, por lo que el nuevo inmueble que se adquiere es de carácter propio y no ganancial, sin embargo en la escritura de compra venta no existe firma del cónyuge tomando conocimiento de la manifestación que efectúa el comprador y ratificando la misma...
Ahora bien en la actualidad los herederos y el cónyuge superestite desean vender el inmueble pero no se ponen de acuerdo sobre si ese inmueble debe ser considerado ganancial o propio del causante y en consecuencia cuánto dinero de la venta del mismo corresponderá percibir a cada uno...
La DH nada dice al respecto solo que al causante le suceden sus hijos como herederos universales sin perjuicio "de lo que la ley le acuerda a su cónyuge a quien se declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, teniendo presente los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales...
Mi pregunta es ¿el bien debe ser considerado ganancial o propio??


fijate en la escritura si esta el asentimiento del 1277 del C.C :) si no esta es por que es propio!
 #976143  por lucina
 
Hola maugmg, gracias por tu pronta respuesta! En la escritura no hay asentimiento respecto a en qué calidad el causante adquirió el bien... solo el causante (comprador en dicha oportunidad) manifiesta que lo adquiere con dinero proveniente de la venta de un bien anterior a contraer matrimonio y por ende propio), la inquietud está dada porque resultaría muy sencillo para cualquiera simplemente manifestar en una escritura (sin ningún otro respaldo y sin poner dicha circunstancia en conocimiento del cónyuge) que el nuevo bien que se adquiere se adquiere como propio y no como ganancial y de esa forma se vulnerarían fácilmente los derechos del otro cónyuge no comprador...
 #976147  por maugmg
 
lucina escribió:Hola maugmg, gracias por tu pronta respuesta! En la escritura no hay asentimiento respecto a en qué calidad el causante adquirió el bien... solo el causante (comprador en dicha oportunidad) manifiesta que lo adquiere con dinero proveniente de la venta de un bien anterior a contraer matrimonio y por ende propio), la inquietud está dada porque resultaría muy sencillo para cualquiera simplemente manifestar en una escritura (sin ningún otro respaldo y sin poner dicha circunstancia en conocimiento del cónyuge) que el nuevo bien que se adquiere se adquiere como propio y no como ganancial y de esa forma se vulnerarían fácilmente los derechos del otro cónyuge no comprador...
tal cual por lo que me contas es como pensas vos propio. por como esta redactada la escritura.. me pa que va por ahi....
 #976152  por lucina
 
Creo que me exprese mal: yo creo que debería ser ganancial, porque no puede una simple manifestación de un comprador en una escritura, abstraer a un bien adquirido dentro del matrimonio del régimen de ganancialidad....
 #976154  por maugmg
 
lucina escribió:Creo que me exprese mal: yo creo que debería ser ganancial, porque no puede una simple manifestación de un comprador en una escritura, abstraer a un bien adquirido dentro del matrimonio del régimen de ganancialidad....
para mi es propio, sino el fedatario no haria expresa mencion a de donde saco el dinero para adquirirlo, si fuera ganancial no expondria en la escritura traslativa de dominio que el dinero proviene de tal lado...simplemente pone de sus ganancias u otra cosa, no de una herencia propia, yo pienso asi, siento discrepar con usted colega.