Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ANSES-IPS

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #975593  por 12ab
 
Soy docente y aporto al IPS. No me alcanzan los años para jubilarme, puedo comprar portes en ANSES para completar los años que me faltan y jubilarme por el IPS?
 #976207  por Hector19
 
Tengo 66 años y tengo mas de 40 años de aporte a la ANSES y 6 al IPS. Sigo aportando actualmente a los dos. La consulta es si puedo jubilarme por ANSES y seguir trabajando como funcionario de la Prov. Bs.As. y seguir aportando al IPS. Gracias
 #976214  por gerald
 
Si te jubilas por anses , no veo la imposibilidad de seguir trabjando en IPS , aunque pensandolo , no se si se aplica la imposibilidad de seguir trabjando en administracion publica...Yo creo que se puede , pero escucha otra opinion igual.Ahora bien esos aportes posteriores al IPS no sirven para nada en el futuro.

saludos
 #976220  por pilar77
 
Lo idóneo es que consulten a un abogado especializado en su estudio jurídico...
 #976362  por Hector19
 
Tienen algun abogado especilista para recomendar?
 #976367  por anibal martin
 
12ab escribió:Soy docente y aporto al IPS. No me alcanzan los años para jubilarme, puedo comprar portes en ANSES para completar los años que me faltan y jubilarme por el IPS?
Buen dìa. Si con los años de Moratoria la Caja Otorgante fuese Anses no habrìa inconvenientes. Ahora si es al revès no es que no puedas presentarte en Moratoria- con pago Contado - y pedir el Reco en Anses. Lo que ocurre es que el IPS - basado en una resoluciòn de su Directorio del año ppdo. - le "exige" o mejor dicho "pide" al Anses que primero otorgue el RdS y luego lo "ratifique". ¿ Què implica esto...? pues que el IPS pretende que se le prueben al Anses los años regularizados por la Ley 24476 con pago al contado.-

En estos momentos hay una dura batalla sobre este tema. Nosotros tenemos Recos otorgados (por Anses ) para Funcionarios de Arba que tienen "en tràmite" su jubilaciòn en el IPS y èste Organismo - como dijimos - "insta" al Anses que exigir pruebas.

Entendemos que atento a la Circular de Anses Nro. 50/12 no corresponde que se prueben dichos servicios. Veremos còmo termina...

Hay que estudiar bien dicha Circular pues tiene diversos matices como ser tratamiento para servicios anteriores al 30/9/1993 o posteriores.

Nuestra opiniòn es que corresponde el Reconocimiento de los perìodos regularizados al amparo de la 24476 e incluso de la 25865.-

Nos interesarìa conocer otras opiniones. amf.
 #976372  por periquita
 
anibal martin escribió:
12ab escribió:Soy docente y aporto al IPS. No me alcanzan los años para jubilarme, puedo comprar portes en ANSES para completar los años que me faltan y jubilarme por el IPS?
Buen dìa. Si con los años de Moratoria la Caja Otorgante fuese Anses no habrìa inconvenientes. Ahora si es al revès no es que no puedas presentarte en Moratoria- con pago Contado - y pedir el Reco en Anses. Lo que ocurre es que el IPS - basado en una resoluciòn de su Directorio del año ppdo. - le "exige" o mejor dicho "pide" al Anses que primero otorgue el RdS y luego lo "ratifique". ¿ Què implica esto...? pues que el IPS pretende que se le prueben al Anses los años regularizados por la Ley 24476 con pago al contado.-

En estos momentos hay una dura batalla sobre este tema. Nosotros tenemos Recos otorgados (por Anses ) para Funcionarios de Arba que tienen "en tràmite" su jubilaciòn en el IPS y èste Organismo - como dijimos - "insta" al Anses que exigir pruebas.

Entendemos que atento a la Circular de Anses Nro. 50/12 no corresponde que se prueben dichos servicios. Veremos còmo termina...

Hay que estudiar bien dicha Circular pues tiene diversos matices como ser tratamiento para servicios anteriores al 30/9/1993 o posteriores.

Nuestra opiniòn es que corresponde el Reconocimiento de los perìodos regularizados al amparo de la 24476 e incluso de la 25865.-

Nos interesarìa conocer otras opiniones. amf.
Hola anibalmartin

Coincido con todo lo que expresás, pero que le quede claro que por el momento NO PUEDE hacer lo que pregunta.

Con respecto a "Si con los años de Moratoria la Caja Otorgante fuese Anses no habrìa inconvenientes" seguramente podrá cambiar el rol de la caja aunque regularice años de más, porque está trabajando en la actualidad.

Saludos
 #976380  por anibal martin
 
Hola Periquita tenès razòn en tus afirmaciones. Te aclaro que cuando fui a responder no sabìa còmo dividir las respuestas queriendo dejar en claro que existìan ambas posibilidades. Gracias por tu comentario.-
Respecto a la marcha de los Recos que tenemos en danza los mantendrè informados. Por ahora es asì:

1) el primero de ellos - con esta nueva modalidad- fuè ratificado porAnses y se encuentra a Resoluciòn del Directorio del IPS;
2) el segundo el Funcionario de Arba pidiò su Jubilaciòn y se encuentra cobrando esa especia de adelanto que existe, usando el Reconocimiento con pago segùn la 24476 que Anses aprobò. Ahora - luego de la Circular 50/12 el IPS pidiò la famosa "ratificaciòn" y estamos esperando la Resoluciòn de anses luego de haber presentado "prueba testimonial" de la actividad consignada. Còmo se trata de lapsos anteriores a 09/1993 hicimos reserva del Derecho de tener por aprobados los servicios por "imperio legis" y
3) en el tercero de estos casos Anses negò el Reconocimiento por falta de pruebas, cosa que a nuestro criterio es errònea pues ni la 24476 ni la Cirular 50/12 la exigen. Estamos en la etapa de Reconsideraciòn y
4) resumiendo nuestra opiniòn es que si el règimen previsional en el que se presentan los Recos exigen iguales o mayores a los de la 24241 no es necesario acompañar "pruebas" y por otra parte los servicios incluìdos en la 24476 se encuentran probados por la simple denuncia efectuada por el Afiliado en el marco del Plan de dicha Ley.-amf.
 #976401  por periquita
 
anibal martin escribió:Hola Periquita tenès razòn en tus afirmaciones. Te aclaro que cuando fui a responder no sabìa còmo dividir las respuestas queriendo dejar en claro que existìan ambas posibilidades. Gracias por tu comentario.-
Respecto a la marcha de los Recos que tenemos en danza los mantendrè informados. Por ahora es asì:

1) el primero de ellos - con esta nueva modalidad- fuè ratificado porAnses ¿Con o sin presentación de pruebas?
y se encuentra a Resoluciòn del Directorio del IPS;
2) el segundo el Funcionario de Arba pidiò su Jubilaciòn y se encuentra cobrando esa especia de adelanto que existe, usando el Reconocimiento con pago segùn la 24476 que Anses aprobò. Ahora - luego de la Circular 50/12 el IPS pidiò la famosa "ratificaciòn" y estamos esperando la Resoluciòn de anses luego de haber presentado "prueba testimonial" de la actividad consignada. Còmo se trata de lapsos anteriores a 09/1993 hicimos reserva del Derecho de tener por aprobados los servicios por "imperio legis" y
3) en el tercero de estos casos Anses negò el Reconocimiento por falta de pruebas, cosa que a nuestro criterio es errònea pues ni la 24476 ni la Cirular 50/12 la exigen. Estamos en la etapa de Reconsideraciòn y
4) resumiendo nuestra opiniòn es que si el règimen previsional en el que se presentan los Recos exigen iguales o mayores a los de la 24241 no es necesario acompañar "pruebas" y por otra parte los servicios incluìdos en la 24476 se encuentran probados por la simple denuncia efectuada por el Afiliado en el marco del Plan de dicha Ley.Coincido
-amf.
 #976402  por anibal martin
 
Periquita respecto de lo señalado en el punto 1) se trataba de un Contador Pùblico que fue Director de un Penal en la PBA se acreditò que ya tenìa Titulo Universitario. Hubo una pequeña discusiòn pues no estuvo matriculado durante todo el tiempo regularizado por la 24476 pero al final fue "ratificado".amf.
 #976405  por periquita
 
anibal martin escribió:Periquita respecto de lo señalado en el punto 1) se trataba de un Contador Pùblico que fue Director de un Penal en la PBA se acreditò que ya tenìa Titulo Universitario. Hubo una pequeña discusiòn pues no estuvo matriculado durante todo el tiempo regularizado por la 24476 pero al final fue "ratificado".amf.
Gracias.