Hola amigos, soy abogado de Cordoba. Un cliente tuvo un accidente de transito en Capital asi que tuve que iniciar la demanda alla. Tengo matricula del CPACF.
Como la accion se me estaba por prescribir, y no llegaba con los calculos porque me faltaban algunos datos, en mesa de entradas de la Camara me dijeron que podia iniciar una demanda solo a los efectos de interrumpir la demanda, y despues terminar tranquilo la demanda de daños y presentarla.
Eso hice el 27 de diciembre pasado. La caratularon asi: PEPITO MARIA C/ SUCESORES DE XXXXXXXXX s/ INTERRUPCION DE PRESCRIPCION (ART. 3.986 C.C )
Me pidieron los aportes, los hice.
La duda que tengo es si la demanda la presento en este mismo expediente pidiendo que la recaratulen como Daños y Perjuicio o si inicio un juicio nuevo, con lo cual me van a platear la prescripcion y coy a tener que invocar este expediente como interruptivo
Como la accion se me estaba por prescribir, y no llegaba con los calculos porque me faltaban algunos datos, en mesa de entradas de la Camara me dijeron que podia iniciar una demanda solo a los efectos de interrumpir la demanda, y despues terminar tranquilo la demanda de daños y presentarla.
Eso hice el 27 de diciembre pasado. La caratularon asi: PEPITO MARIA C/ SUCESORES DE XXXXXXXXX s/ INTERRUPCION DE PRESCRIPCION (ART. 3.986 C.C )
Me pidieron los aportes, los hice.
La duda que tengo es si la demanda la presento en este mismo expediente pidiendo que la recaratulen como Daños y Perjuicio o si inicio un juicio nuevo, con lo cual me van a platear la prescripcion y coy a tener que invocar este expediente como interruptivo
