Estimados: Buenos días. Les escribo para ver si me pueden orientar con lo siguiente. Tengo sentencia a favor en un juicio ordinario comercial en Capital (voy por la parte actora), la demandada apeló pero le fue denegada la apelación por el monto (art. 242 CPCCN), me surgen algunas dudas al respecto de como proceder. Les agradecería sus aportes al respecto.
1).- ¿La resolución que deniega el recurso de apelación de acuerdo al art. 242 CPCCN, se notifica por nota ya que no está dentro de las mencionadas en el art. 135 del CPCCN, es así?
2).- ¿Cuando queda firme la sentencia? La resolución que deniega el recurso de apelación tiene fecha martes 28 de mayo de 2013. Entiendo que si la notificación es por nota, quedó notificado el viernes 31 de mayo. ¿Es así?
3).- La sentencia dice que dentro de los diez días de quedar firme debe pagar x cantidad de pesos más intereses y honorarios. Entiendo que no hace falta intimación previa porque se notificó mediante cédula de la sentencia, tal es así que presentó recurso de apelación (el cual le fue denegado). ¿Previo a proceder con la ejecución debo practicar liquidación?
4).- ¿Puedo solicitar embargo con retiro de fondos?
5).- ¿Alguien tiene algún modelo o alguna pauta que me pueda facilitar obligar a la vencida el pago del capital intereses y honorarios?
Muchas gracias por su atención y los comentarios al respecto serán bienvenidos, gracias
Cordialmente
Este2009
1).- ¿La resolución que deniega el recurso de apelación de acuerdo al art. 242 CPCCN, se notifica por nota ya que no está dentro de las mencionadas en el art. 135 del CPCCN, es así?
2).- ¿Cuando queda firme la sentencia? La resolución que deniega el recurso de apelación tiene fecha martes 28 de mayo de 2013. Entiendo que si la notificación es por nota, quedó notificado el viernes 31 de mayo. ¿Es así?
3).- La sentencia dice que dentro de los diez días de quedar firme debe pagar x cantidad de pesos más intereses y honorarios. Entiendo que no hace falta intimación previa porque se notificó mediante cédula de la sentencia, tal es así que presentó recurso de apelación (el cual le fue denegado). ¿Previo a proceder con la ejecución debo practicar liquidación?
4).- ¿Puedo solicitar embargo con retiro de fondos?
5).- ¿Alguien tiene algún modelo o alguna pauta que me pueda facilitar obligar a la vencida el pago del capital intereses y honorarios?
Muchas gracias por su atención y los comentarios al respecto serán bienvenidos, gracias
Cordialmente
Este2009
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