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  • clausulas de boleto de compraventa

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 #978221  por vanesa83
 
Estimados colegas, no tengo mucha experiencia en este campo por lo que recurro a ustedes con el siguiente caso: se trata de un boleto de compra venta, donde se pacta la venta de una casa y el comprador (en comisión) pagara con un departamento ademas de una diferencia en dinero. A la firma del boleto se pago un monto por reserva y un monto a cuenta del precio (5000 y 25.000). En la escrituración a 90 días el vendedor entregaría la posesión y el comprador los 25.000 y el departamento que debía estar finalizado incluso los espacios comunes. En caso de incumplimiento se pacto una penalidad diaria exigible por vía ejecutiva, sin perjuicio de las demás acciones judiciales a que hubiere lugar. La falta de pago por parte del comprador de la suma adeudada da derecho al vendedor a optar por exigir el cumplimiento del presente contrato con mas la multa establecida en la clausula anterior o dar por rescindido el boleto con perdida de las sumas entregadas que quedaran en poder del vendedor en concepto de indemnización. Las partes pactan la mora automática para todas las obligaciones emergentes del presente boleto.
La situación es que desde la fecha en que se firmo el boleto pasaron 1 año y 2 meses. No se escrituro porque nunca se terminaron los espacios comunes del edificio donde se encuentra el departamento que el comprador debía entregar en parte de pago. El vendedor obviamente quiere cobrar la penalidad diaria por incumplimiento y exigir se termine con los espacios comunes para poder proceder a la escrituración de ambos inmuebles. El boleto no esta timbrado.
Preguntas:
1. Si se pacto la mora automática pensaba mandar CD para exigir el pago de la penalidad y exigir se termine con los espacios comunes bajo apercibimiento de rescindir el boleto y demandar por daños y perjuicios. Esto es así? Si se le paga la penalidad diaria y se queda con el dinero entregado por el comprador hasta el momento, que monto se reclama por daños y perjuicios?
2. Debería timbrar el boleto?
Desde ya muchas gracias por su tiempo y espero puedan ayudarme.
 #978241  por ebarreyro
 
Habría que ver en detalle el boleto. ¿Acaso no previeron pacto comisorio expreso? Igualmente, yo no rescindiría. Otra cuestión, en principio no puede demandar daños y la cláusula penal al mismo tiempo, porque justamente, la cláusula penal es la tasación preacordada del daño por la demora.
 #978293  por vanesa83
 
gracias por tu aporte!!! Te detallo las clausulas sobre incumplimiento. "Para el caso de que cualquiera de las partes no cumpliera con algunas de las obligaciones emergentes del presente contrato, la que resulta incumplidora deberá abonar a la otra la suma de $50 diarios en concepto de penalidad, la que sera exigible por vía ejecutiva, sin perjuicio de las demas acciones judiciales a que hubiere lugar. No obstante lo establecido en la clausula anterior, queda expresamente convenido que la falta de pago por parte del comprador de la suma adeudada, dará derecho al vendedor a optar por exigir el cumplimiento del contrato con más la multa establecida en la clausula anterior o dar por rescindido el presente boleto con perdida de las sumas entregadas, las que quedaran en poder del vendedor en concepto de indemnización. La resolución del contrato sera notificada fehacientemente al comprador y a partir de esa fecha el vendedor podrá disponer del bien libremente. Para el caso de que el vendedor no cumpliera con las obligaciones a su cargo, el comprador podrá optar por demandar judicialmente la escrituración con mas la multa establecida en la clausula anterior o dar por rescindido el contrato exigiendo la devolución de los importes entregados, con mas una suma igual en concepto de indemnización. Las partes pactan la mora automática para todas las obligaciones del presente boleto."
Voy a agradecer tu opinión

Saludos