Estimados colegas, no tengo mucha experiencia en este campo por lo que recurro a ustedes con el siguiente caso: se trata de un boleto de compra venta, donde se pacta la venta de una casa y el comprador (en comisión) pagara con un departamento ademas de una diferencia en dinero. A la firma del boleto se pago un monto por reserva y un monto a cuenta del precio (5000 y 25.000). En la escrituración a 90 días el vendedor entregaría la posesión y el comprador los 25.000 y el departamento que debía estar finalizado incluso los espacios comunes. En caso de incumplimiento se pacto una penalidad diaria exigible por vía ejecutiva, sin perjuicio de las demás acciones judiciales a que hubiere lugar. La falta de pago por parte del comprador de la suma adeudada da derecho al vendedor a optar por exigir el cumplimiento del presente contrato con mas la multa establecida en la clausula anterior o dar por rescindido el boleto con perdida de las sumas entregadas que quedaran en poder del vendedor en concepto de indemnización. Las partes pactan la mora automática para todas las obligaciones emergentes del presente boleto.
La situación es que desde la fecha en que se firmo el boleto pasaron 1 año y 2 meses. No se escrituro porque nunca se terminaron los espacios comunes del edificio donde se encuentra el departamento que el comprador debía entregar en parte de pago. El vendedor obviamente quiere cobrar la penalidad diaria por incumplimiento y exigir se termine con los espacios comunes para poder proceder a la escrituración de ambos inmuebles. El boleto no esta timbrado.
Preguntas:
1. Si se pacto la mora automática pensaba mandar CD para exigir el pago de la penalidad y exigir se termine con los espacios comunes bajo apercibimiento de rescindir el boleto y demandar por daños y perjuicios. Esto es así? Si se le paga la penalidad diaria y se queda con el dinero entregado por el comprador hasta el momento, que monto se reclama por daños y perjuicios?
2. Debería timbrar el boleto?
Desde ya muchas gracias por su tiempo y espero puedan ayudarme.
La situación es que desde la fecha en que se firmo el boleto pasaron 1 año y 2 meses. No se escrituro porque nunca se terminaron los espacios comunes del edificio donde se encuentra el departamento que el comprador debía entregar en parte de pago. El vendedor obviamente quiere cobrar la penalidad diaria por incumplimiento y exigir se termine con los espacios comunes para poder proceder a la escrituración de ambos inmuebles. El boleto no esta timbrado.
Preguntas:
1. Si se pacto la mora automática pensaba mandar CD para exigir el pago de la penalidad y exigir se termine con los espacios comunes bajo apercibimiento de rescindir el boleto y demandar por daños y perjuicios. Esto es así? Si se le paga la penalidad diaria y se queda con el dinero entregado por el comprador hasta el momento, que monto se reclama por daños y perjuicios?
2. Debería timbrar el boleto?
Desde ya muchas gracias por su tiempo y espero puedan ayudarme.
