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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #977837  por dmolineris
 
buenas tardes el motivo de mi consulta es por lo siguiente. tengo un cliente que esta separado, tiene dos hijos y una muy mala relacion con su ex mujer. nunca se casaron. oel le pasa 2000 pesos por mes, mas otros gastos, propios de las necesidades de sus hijos. a ellos los ve una vez por semana. el quiere fijar una cuota alimentaria y un regimen de visitas legalmente, debido a que tiene tantos problemas con su ex mujer me dijo que quiere tener todo legal para que ella no pueda hacer lo que quieracon sushijos. se puede realizar sin inconvenientes no? mi pregunta es si debo presentar dos demandas, aunque se que en pcia de bs.as hay etapa previa. el no tiene ningun recibo ni nada q acredite que le entrega ese dinero todos los meses. estoy media perdida, es mi primer caso de familia.agradeceria si pudieran orientarme.gracias.
 #977975  por plean
 
A ver si te doy una idea.
1- Deberías hablar con la otra parte para hacer un convenio de alimentos y régimen de visitar y posterior homologación.
Si no es posible,
2- Demanda régimen de visita (esperas procesalmente que te reconvenga por alimentos, y te allanas y/o ofreces una cuota según las capacidad económica del alimentante) o
3. Demandas régimen de visita y alimentos, esto último tengo mis dudas... según mi criterio.
 #978220  por NORMA
 
dmolineris escribió:... se puede realizar sin inconvenientes no? mi pregunta es si debo presentar dos demandas, aunque se que en pcia de bs.as hay etapa previa. el no tiene ningun recibo ni nada q acredite que le entrega ese dinero todos los meses. estoy media perdida, es mi primer caso de familia.agradeceria si pudieran orientarme.gracias.
Si,se puede realizar sin inconvenientes!.Y son 2 demandas una por REGIMEN DE VISITAS y la otra por ALIMENTOS;son 2 porque tienen tràmites diferentes.El REGIMEN si o si tiene ETAPA PREVIA,mientras que ALIMENTOS dependerà de cada juzgado si te dan como de ETAPA PREVIA o directamente de CONOCIMIENTO.
NO te olvides de aclarar a tu cliente que en el proceso de ALIMENTOS deberà pagar ademàs los honorarios del abogado de ella;mientras que en REGIMEN es por su orden.
*suerte*
 #978395  por DRA. MACA
 
dmolineris escribió:buenas tardes el motivo de mi consulta es por lo siguiente. tengo un cliente que esta separado, tiene dos hijos y una muy mala relacion con su ex mujer. nunca se casaron. oel le pasa 2000 pesos por mes, mas otros gastos, propios de las necesidades de sus hijos. a ellos los ve una vez por semana. el quiere fijar una cuota alimentaria y un regimen de visitas legalmente, debido a que tiene tantos problemas con su ex mujer me dijo que quiere tener todo legal para que ella no pueda hacer lo que quieracon sushijos. se puede realizar sin inconvenientes no? mi pregunta es si debo presentar dos demandas, aunque se que en pcia de bs.as hay etapa previa. el no tiene ningun recibo ni nada q acredite que le entrega ese dinero todos los meses. estoy media perdida, es mi primer caso de familia.agradeceria si pudieran orientarme.gracias.
Como bien te dijo plean se puede hacer un acuerdo y homologarlo (serìa lo mejor), si no en provincia inicias alimentos y en la etapa previa tambien se acuerda el régimen de visitas y tenencia, las costas, son por su orden.
 #978437  por dmolineris
 
Muchas gracias por sus respuestas me aclararon algunas dudas que tenía , pero más o menos estaba orientada en cuanto a lo que pensaba hacer, no estaba tan errada...gracias colegas!!!!
 #978443  por NORMA
 
El alimentos las costas no son por su orden,sino las paga el obligado aunque sea el actor.
 #978627  por DRA. MACA
 
NORMA escribió:El alimentos las costas no son por su orden,sino las paga el obligado aunque sea el actor.

Norma: Todos los convenios que he firmado en EP, San Martín, La Matanza y Morón, las costas son por su orden, estaría bueno que menciones en que Partidos las costas las paga el alimentante.
 #978696  por NORMA
 
:mrgreen:
DRA. MACA escribió:
NORMA escribió:El alimentos las costas no son por su orden,sino las paga el obligado aunque sea el actor.

Norma: Todos los convenios que he firmado en EP, San Martín, La Matanza y Morón, las costas son por su orden, estaría bueno que menciones en que Partidos las costas las paga el alimentante.
La Matanza y Moron.
 #978701  por DRA. MACA
 
La Matanza: Familia 7 y 4 : Costas por su orden.

Moròn: 2.

Decinos cuales son los otros.
 #981802  por touche
 
Hola me sumo, en los Tribunales de Pliar, alimentos son a cargo de alimentante, al igual que en La Matanza y San Isidro 1 y 2, todavía no litigué en los nuevos.
Norma en el régimen de visitas, siempre hay etapa previa salvo cuando hay un perimetral vigente, esto me enteré la semana pasada, voy a presentar un escrito solicitando la etapa previa ya que se terminó el perimetral.
Saludetes
Touche
 #982187  por NORMA
 
touche escribió:Hola me sumo, en los Tribunales de Pliar, alimentos son a cargo de alimentante, al igual que en La Matanza y San Isidro 1 y 2, todavía no litigué en los nuevos.
Norma en el régimen de visitas, siempre hay etapa previa salvo cuando hay un perimetral vigente, esto me enteré la semana pasada, voy a presentar un escrito solicitando la etapa previa ya que se terminó el perimetral.
Saludetes
Touche
Asi,es amigo!!! o por lo menos es mi experiencia en La Mtza(excepto el de flia 7 que nunca tuve ahì un alimentos) y en Moròn.
Como tengo mucho que hacer no transcribo el fundamento que utilizan,aunque seguramente lo tenès ya que nos cruzamos en eso juzgados.
En cuanto al regimen ;y si pedì una audiencia si la medida ya finalizò.
Hasta otro encuentro.Te mando cariños *suerte* *suerte*
 #982200  por NORMA
 
touche escribió:Hola me sumo, en los Tribunales de Pliar, alimentos son a cargo de alimentante, al igual que en La Matanza y San Isidro 1 y 2, todavía no litigué en los nuevos.
Norma en el régimen de visitas, siempre hay etapa previa salvo cuando hay un perimetral vigente, esto me enteré la semana pasada, voy a presentar un escrito solicitando la etapa previa ya que se terminó el perimetral.
Saludetes
Touche
Este es el fundamento que utilizan para cargar las costas al ALIMENTANTE:"...En relación al acuerdo sobre alimentos, las costas serán a cargo del alimentante (art. 68 del C.P.C.C.), toda vez que la Jurisprudencia tiene dicho que "Las costas deben ser soportadas por el alimentante, pues, caso contrario, se vería afectada la prestación que se reconoce en favor de la accionante, debiendo preservarse (dada su finalidad) la incolumnidad de su contenido. CC0201 LP, A 39807 RSD-112-87 S-265-87, Juez Sosa (SD) S. de S., M.A. C/ S.,C.A. S/ Alimentos y Litis Expensas".
 #987431  por DRA. MACA
 
REITERO Todos los convenios que he firmado en EP, San Martín, La Matanza y Morón, las costas son por su orden, estaría bueno que menciones en que Partidos las costas las paga el alimentante.Fundamentos? Criterio de los juzgados y cada uno con su librito :mrgreen: